La primera gran pifia de la Fiscal en el caso Luis Enrique Ramírez

CASO LUIS ENRIQUE. Nuevas complicaciones.

La institución encabezada por Sara Bruna Quiñonez acusó a una mujer del asesinato del periodista, pero no la pueden sancionar

La Fiscal General del Estado, Sara Bruna Quiñonez Estrada, cometió su primera pifia. Por el homicidio del periodista Luis Enrique Ramírez Ramos la dependencia que encabeza acusó a una mujer de un delito por el que no la pueden sancionar.

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La FGE imputó a Brisya Carolina “F” de encubrimiento por favorecimiento por presuntamente ocultar el celular con el que se comunicó con su pareja, quien presuntamente ordenó el asesinato del periodista.

En julio de 2022 la mujer fue vinculada a proceso penal y la semana pasada el juez de control dictó auto de no vinculación a proceso en cumplimiento de una sentencia de amparo.

Tras conocer la sentencia de amparo en noviembre de 2022, la Fiscalía la aceptó y no presentó ningún recurso de revisión.

“Ha transcurrido el término de 10 días que establece el artículo 86 de la Ley de Amparo, sin que interpusiera recurso de revisión alguna de las partes a quienes pudiera perjudicar la sentencia… se declara que dicho fallo ha causado ejecutoria”, notificó el juez de distrito el 30 de diciembre.

Juan Carlos Ramírez, hermano del periodista, consideró que en el caso de Brisya se está aplicando la ley.

“Se sabe que cuando hay familiaridad la misma ley los protege por ser familiar del acusado, entonces procedió lo que la ley dice, ahí no se puede hacer nada”, expresó.

Comentó que la Fiscalía sí está trabajando en la captura de los autores intelectual y material del asesinato.
Manifestó que ya han pasado más de ochos meses desde que se cometió el crimen y los culpables siguen libres, pero entienden que la captura es un proceso lento.

“Nosotros creemos que sí se va hacer justicia, nosotros confiamos en la Fiscalía y sobre todo confiamos en Dios que se va aclarar bien esto”, expresó.

En la sentencia de amparo, el juez de distrito estableció que a ella no la pueden sancionar porque es concubina de la persona a la que supuestamente encubrió y por eso aplica una excluyente absolutoria contemplada en el Código Penal.

El juzgador estableció que la excluyente se pudo considerar desde la orden de aprehensión para no llevar a proceso penal a una persona que al terminar el juicio no podía ser sancionada.

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El Artículo 350 establece que “no se impondrá sanción al que auxilie u oculte al responsable de un delito o los efectos, objetos o instrumentos del mismo, no procure impedir su consumación o impida que se investigue siempre que se trate de… el cónyuge, concubina o concubinario y parientes colaterales por consanguinidad hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el segundo”.

En la audiencia inicial celebrada en julio los defensores de Brysia señalaron al juez de control, Adán Alberto Salazar Gastélum, que ella no podía ser sancionada por ese delito por ser concubina y le pidieron no vincularla a proceso.

Mencionaron que tiene una relación de más de 20 años y dos hijas con el señalado, y presentaron actas de nacimiento y testigos.

El juez dijo en esa ocasión que la excluyente tendría que resolverse en otra etapa.

Brysia obtuvo un amparo en el que un juez de distrito ordenó dejar insubsistente el auto de vinculación a proceso y dictar una nueva resolución en la que se considerara la excluyente.

La semana pasada en el Centro de Justicia Penal se celebró una audiencia en la que el juez Salazar Gastélum anuló el auto de vinculación y dictó auto de no vinculación a proceso.

Previo a que el juez dictara la nueva resolución, el fiscal Isaac Aguayo, dijo que para la Fiscalía no se actualizaba la excluyente pero respetaban la decisión del juez de distrito.

La Fiscal General del Estado, Sara Bruna Quiñónez Estrada, mencionó que no está de acuerdo con el fallo.

“En este caso, el Juez soslayó que a Brysia Carolina no se le imputaba el hecho de haber favorecido a uno de los coautores del homicidio de Luis Enrique, sino que se le imputaba la comisión del hecho de haber favorecido a los coautores materiales, no necesariamente al padre de sus hijas, por lo tanto, consideramos que es una visión parcial del Juez de Amparo y no nos encontramos absolutamente de acuerdo con ello”, expresó.

La FGE acusó a Brisya de haber ocultado el celular con el que se comunicó con su pareja el día que privaron de la libertad a Luis Enrique y que según el Ministerio Público hubiera servido para obtener información sobre los responsables.

De acuerdo con la FGE, la madrugada del 4 de mayo Luis Enrique llegó a la casa de la joven en la colonia Morelos, en esta ciudad de Culiacán y empezó a gritar que le abrieran y a mover la reja.

Brisya llamó a su pareja, identificado como J.E.G.G, que se encontraba en Quilá, y éste le dijo que marcara al 911.

Antes de que llegara una patrulla de la Policía Municipal al sitio llegó un hombre, identificado como S.R.V.V, presuntamente por J.E.G.G .

S.R.V.V. lesionó de un balazo y privó de la libertad a Luis Enrique, quien un día después fue encontrado muerto.

Agentes investigadores pidieron el celular a Brisya y ella dijo que lo había perdido en un choque el 4 de mayo por la tarde.

En las investigaciones establecieron que después de la hora en la que ella dijo haberlo extraviado, desde ese teléfono se hicieron llamadas al celular de J.E.G.G.

Como responsables del homicidio la FGE identificó a J.E.G.G. y a S.R.V.V. y obtuvo ordenes de aprehensión que no han ejecutado.

La Fiscal Sara Bruna Quiñonez Estrada reconoció que han estado a punto de capturarlos pero desde la misma Fiscalía les dan “pitazos”.

En noviembre pasado la funcionaria dio a conocer que iniciaron una investigación interna por los “pitazos”.

Artículo publicado el 22 de enero de 2023 en la edición 1043 del semanario Ríodoce.

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