Determina la SCJN que INAI puede sesionar con cuatro integrantes

CIUDAD DE MÉXICO, 21AGOSTO2023.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como resultado del análisis de las impugnaciones formuladas por el Poder Ejecutivo Federal, validó el artículo 80 bis de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, que regula el procedimiento para el retiro de la vía pública de los vehículos que se asuman como chatarra o abandonados. FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), pueda sesionar con cuatro comisionados de siete que integran el pleno.

Lo anterior, luego de declarar parcialmente fundado el recurso de revisión.

De esta manera, el INAI podrá sesionar tras cinco meses de inactividad en el pleno, por el incumplimiento del Senado de la República en el nombramiento de los tres comisionados faltantes.

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