Las reincidencias del ‘Químico’ Benítez

COMPRA DE LUMINARIAS. La discusión.

Pendiente aplicar la ley por contratación indebida y desvío de recursos por compra de lámparas en Mazatlán

Con un tono cortante y con el ánimo de darle “carpetazo” al tema, el alcalde Luis Guillermo Benítez Torres confirmó que ya había dado respuesta a las observaciones que hizo la Auditoría Superior del Estado (ASE) por la adjudicación directa para la compra de 2 mil 139 lámparas por 400.8 millones de pesos.

“Yo ya entregué hoy todas las observaciones y espero los resultados”, atajó el “Químico” Benítez el miércoles pasado, mientras se abría paso entre los reporteros.

El alcalde confirmó el sábado pasado, que ya había cancelado el contrato con la empresa Azteca Lighting. S. A. de C. V.

Pero resolver el problema en el que está metido no es tan sencillo, pues no se trata solo de responder a las observaciones y cancelar el contrato que tantas críticas le han traído.

Gustavo Rojo Navarro, director de Observatorio Ciudadano, asociación civil que denunció ante la ASE las adjudicaciones directas que ha hecho el Ayuntamiento, consideró que la conducta de los funcionarios que están involucrados en esta compra inédita, debe ser observada por las autoridades.

“Aquí el tema que presenten información para subsanar las observaciones que le hace la ASE, eso ya lo va a determinar la propia auditoría si procede o no la aclaración de esas observaciones y ya va a depender de la ASE la calificación que le dé, el tema aquí es la parte de las faltas administrativas porque el que cancelen el contrato, pues no quiere decir que no cometieron las faltas”, explicó.

GUSTAVO ROJO. Se debe aplicar la ley.

Agregó que el artículo 59 de la Ley de Responsabilidades Administrativas dice que será responsable de contratación indebida el servidor público que autorice cualquier tipo de contratación, selección, nombramiento o designación, de quien se encuentre impedido por disposición legal o inhabilitado por resolución de autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público o inhabilitado para realizar contrataciones con los entes públicos, cuando al momento de la autorización, éstas se encuentren inscritas en el sistema nacional de servidores públicos y particulares sancionados.
Y hay más.

“El otro tema es el desvío de recursos porque nosotros pudimos documentar que la partida que se afectó para pagar las luminarias no tenía asignados recursos en el presupuesto de egresos, entonces en la Constitución se establece que no se podrán hacer pagos a partidas que no tienen presupuesto”, mencionó.

Y la Ley de Disciplina Financiera, en el artículo14, fracción primera, establece lo mismo, pero le suma que no se pueden pagar partidas con ingresos excedentes que no tengan presupuesto, señaló.

El contrato está firmado por el alcalde Benítez Torres y el secretario del Ayuntamiento, Édgar González Zatarain.

Otro de los involucrados de los que poco o casi nada se ha dicho son los integrantes del Comité de Adquisiciones, como Nayla Velarde, Oficial Mayor; Javier Alarcón, Tesorero; vocales Luis Gerardo Núñez, director de Obras Públicas; José David Ibarra Olmeda, director de Servicios Públicos; y el regidor Bernardo Alcaraz Conde, coordinador de la Comisión de Hacienda.

La ambigüedad del contrato salvaría al Ayuntamiento de una penalización.

Sin bien el contrato establece penalización por la cancelación del contrato ésta no se aplicaría al Ayuntamiento sino a la empresa.

La cláusula octava establece las penas convencionales: el proveedor se obliga con el municipio para que en el caso de que se dé por cancelado el contrato por causas no imputables a este último, el proveedor pagará una penalidad equivalente al 10 por ciento del valor del contrato.

La pena convencional va para el incumplimiento de del proveedor no para el incumplimiento del municipio, subrayó Rojo Navarro.

“Si el Ayuntamiento a través de Servicios Públicos le ha solicitado al proveedor la entrega de luminarias y éste no las ha realizado, pues es una causa para rescindir el contrato porque así lo establece, también si se cancela hay una penalización”, explicó.

El contrato, desde mi punto de vista es muy ambiguo, y eso es bueno para el ayuntamiento porque no establece ni fechas ni cantidades de luminarias a entregar, establece cómo se van a entregar las primeras luminarias a como el Ayuntamiento requiera, a como se den las necesidades del Ayuntamiento, posteriormente ya establece fechas y cantidades.

“Mi punto de vista es que el contrato es muy abierto porque no establece una obligación como tal para el proveedor de una entrega calendarizada, no establece un anexo en el cual se diga que se tiene que entregar cierto número de luminarias en tales fechas, sino que lo dejan abierto”.

La cláusula tercera dice que será mediante entregas graduales o parciales, según las necesidades del área de Alumbrado Público.

¿Y los antecedentes?

No obstante que el Ayuntamiento dice que ya canceló el contrato por 400.8 millones de pesos, le anteceden cinco más que ya se materializaron, observó Rojo Navarro.

“Las lámparas están instaladas, pero todo el proceso se llevó, y son situaciones iguales a esta; son partidas que no estaban en el presupuesto de origen, que se les asignó recurso excedente, cuando no había recursos excedentes en las fechas que se dieron las autorizaciones de los recursos, aparte de que esas partidas no tenían presupuesto asignado, y se hicieron y todo esto se le documentó a la ASE”, agregó.

Entonces, cancelaron uno, pero quedaron cinco, y la conducta se dio.

Artículo publicado el 18 de septiembre de 2022 en la edición 1025 del semanario Ríodoce.

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