Juez de control corrige la plana a la FGJE en caso contra trabajador de Proman

LOS ARREDONDO, PADRE E HIJO. La justicia que asoma.

Un juez de control revocó una resolución de la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJES) que beneficiaba al consorcio alemán Proman en un accidente automovilístico, y dejando a la víctima, un adolescente, en estado de indefensión.

En el caso registrado bajo el cuadernillo 16/2022, resuelto el lunes 6 de junio en la sala D por un juez de control por el no ejercicio de la acción penal de un caso de lesiones y daños, el magistrado revocó el auto que la FGJE notificó el 6 de mayo del 2022 a Rosario Arredondo Arredondo que la agencia de tramitación común propuso el 13 de diciembre del 2021 y que le fue dictaminada favorable el 17 de marzo del 2022.

Tras una serie de alegatos entre el abogado Luis Enrique Vega Blanco, defensor de Arredondo Arredondo y de su hijo, Ángel Rosario “M y del agente del Ministerio Público del Fuero Común, el juez de control ordenó revocar el no ejercicio y ordenó reabrir la carpeta de investigación 301/2020 incorporando al expediente los dos testigos del menor y que fueron excluidos por la defensa sin tener una causa que lo justifique; además pidió mayor eficiencia en las pesquisas como acceder a videos del crucero que puedan establecer la ocurrencia de los hechos.

“Hay una deficiencia en la investigación que dejó en estado de indefensión a la víctima, porque el Ministerio Público no recepcionó las declaraciones de dos testigos del ofendido y se basó en una pericial de causalidad de diversa carpeta de investigación”, precisó el tribuno antes de sentenciar en forma definitiva la impugnación.

El caso de controversia comenzó el 22 de enero a las 21:23 horas en el cruce de Independencia y Dren Juárez, al poniente de Los Mochis, en donde, el menor, Ángel Rosario “M” chocó de frente con su motocicleta contra una vagoneta de color blanco que conducía Dino Manuel V.H., un portugués trabajador de Proman, empresa que financia la construcción de la planta de amoniaco en Topolobampo.

“Mi hijo resultó sangrante e inconsciente, con fractura de la muñeca izquierda y pierna derecha. Del lugar fue levantado por socorristas y conducido a un hospital privado, de donde fue transferido a terapia intensiva en el Seguro Social”, recordó el padre del menor.

Los vehículos fueron movidos del sitio original en donde quedaron, pero don Rosario aseguró que su hijo conducía una motocicleta por la calle Independencia y al llegar a Dren Juárez chocó de frente contra una camioneta, cuyo conductor se saltó el alto.

Cuando los oficiales de vialidad llegaron al lugar, la vagoneta ya estaba a 10 metros del lugar del percance y la motocicleta en otro sitio, y solamente encontraron al extranjero, quien declaró que el muchacho se había pasado el rojo del semáforo y chocado contra su costado izquierdo, pero no levantaron ninguna acta de entrevista de testigos, narró el denunciante.

Luego aplicaron una prueba de alcoholemia al motociclista y la descartaron en el automovilista.

El abogado defensor fijó que siete meses después aparecieron de la nada dos testigos que resultaron ser primos y ex oficiales de vialidad, tal y como lo era el apoderado legal de PROMAN.

Vega Blanco señaló que en la carpeta de investigación 301/2020 se le negó la toma de declaración de dos testigos y que la pericial de causalidad fue extraída del expediente 19/2020 que se desahogó en el Tribunal Segundo del Justicia para Adolescentes, sin que en este exista evidencia de derrape, videos y otros hechos.

Sostuvo que el peritaje se elaboró solo con la versión de uno de los conductores y con los impactos que acusaban los vehículos, lo que dejó en estado de indefensión a la víctima y se trastocó el principio de controversia, al desecharse sin causa justificada a los testigos.

La actitud negligente de la fiscalía de traicionar a la víctima, sostuvo el abogado, provoca impunidad.

En tanto que el agente del Ministerio Público intentó defender la resolución sin éxito, la defensa victimal también trato de librar a su representado de continuar en el desahogo de la causa penal.

Sin embargo, los alegatos de ambos no convencieron al juez de control de que se había hecho lo justo y viable.

Al cierre del ejercicio, don Rosario Arredondo y su abogado coincidieron en que la resolución del juez había sido adecuada al momento procesal que mantenía la causa, y estimaron que en lo sucesivo se mantendrán expectantes a cada movimiento de la dependencia.

Artículo publicado el 26 de junio de 2022 en la edición 1013 del semanario Ríodoce.

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