De acuerdo a la minuta del proyecto de decreto de la Cámara de Diputados, se adiciona un párrafo al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que señala que toda persona tiene derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.
La minuta establece que será facultad del Congreso expedir las leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de las entidades federativas, de los municipios y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos humanos, movilidad y seguridad vial.
Con la reforma, los municipios en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, así como los planes en materia de movilidad y seguridad vial.