Por robar una cubeta de gasolina en El Tamarindo, sujeto irá a la cárcel de 2 a 4 años

Toma pemex

Rolando “R” fue detenido por Seguridad Física de PEMEX con una cubeta de gasolina robada en la sindicatura de Villa Adolfo López Mateos, El Tamarindo, y llevado a juicio en el que la Fiscalía General de la República pedía 15 años de cárcel pero falló en la acusación.

El detenido fue acusado del delito de sustracción de hidrocarburo pero el Juez al declararlo culpable consideró que no se acreditó ese delito, sino el de adquirir hidrocarburo sin derecho o consentimiento por el que podría recibir una sentencia de dos a cuatro años de prisión esta semana.

Por sustracción de hidrocarburos la condena es de 15 a 25 años de prisión y la FGR había solicitado la pena mínima.

Las sanciones por robo de hidrocarburos en Sinaloa son pocas y los detenidos escasos.

El año en que fue detenido Rolando hubo 16 personas consignadas por sustracción de combustible el delito con la sanción más alta y con él fallaron.

Junto con Rolando hubo otros tres detenidos, pero a uno de ellos el Ministerio Público lo dejó libre por falta de pruebas y a los otros dos el personal de PEMEX los liberó en el lugar.

Durante 2018 la FGR recibió 400 denuncias por robo de combustible.

El año pasado, entre enero y noviembre, PEMEX presentó 172 denuncias, pero los datos de la FGR no registran ningún detenido.

Trabajadores de la paraestatal también han sido llevados a proceso.

Desde 2006, en el estado ocho empleados han sido llevados ante un juez por robo de combustible.

En el caso de los trabajadores las acusaciones no son por robar directamente sino por omisiones o por permitir la sustracción del combustible.

El día que detuvieron a Rolando, el 26 de enero de 2018, hubo más detenidos, en la sindicatura de Adolfo López Mateos, El Tamarindo.

Uno de ellos fue Cristóbal, quien declaró en el juicio que en el sitio había otras dos personas detenidas a las que dejaron en libertad y se fueron en una moto.

Cristóbal circulaba en su camioneta por el camino de terracería que conduce del poblado El Aguaje a Estación Rosales, cuando se le atravesó una camioneta de Seguridad Física de PEMEX.

Fue detenido porque el personal de PEMEX le dijo que “iba a robar gasolina” a la toma clandestina, porque su camioneta en el asiento delantero tenía una cubeta con gasolina y una manguera conectada al motor.

Cristóbal señaló que trae la cubeta con combustible conectada al motor porque el tanque del vehículo ya está podrido.

Tras su detención, el Ministerio Público no ejercitó acción penal en su contra y lo dejó en libertad porque “con la mente no se delinque”, señaló el Fiscal durante el juicio.

Minutos antes de que detuvieran a Cristóbal, ya habían capturado a Rolando.

Los agentes de seguridad de PEMEX circulaban vigilando el ducto cuando lo vieron agarrando gasolina de una zanja con una cubeta atada a una cuerda.

La toma clandestina había sido descubierta 10 días antes, y PEMEX abrió una zanja de aproximadamente 23 metros de largo por 2.5 de ancho y 1.3 metros de profundo para contener el combustible y evitar que el derrame afectara los terrenos de cultivo aledaños y recuperar la gasolina derramada.

Según las declaraciones del personal de PEMEX durante el juicio, Rolando agarraba gasolina Magna con la cubeta y con un embudo la depositaba en un bidón.

A unos 3 metros del derrame, sobre el camino de terracería, había una motocicleta que jalaba un triciclo en el que había cinco bidones en la caja.

Los trabajadores de la paraestatal declararon que cuando Rolando fue sorprendido dijo que estaba robando combustible para “sacar para la papa”.

Durante el juicio el acusado se reservó su derecho a declarar.

Tras escuchar las declaraciones de los testigos y presentar pruebas, el Ministerio Público dijo que se acreditaba la comisión del delito de sustracción de hidrocarburos.

Se causó daño al patrimonio de la nación, se mermó el patrimonio, expresó.

El apoderado legal de PEMEX manifestó que el imputado no desconocía que el combustible era de la paraestatal y entró al derecho de vía y lo sustrajo para trasladarlo a otro sitio.

El abogado del acusado alegó que no se configuraba el delito de sustracción porque el delito exige que el hidrocarburo de sustraiga del ducto y en este caso Rolando no lo sustrajo pues ya estaba en la zanja.

No fue él quien sustrajo el hidrocarburo del ducto toda vez que estaba  al aire libre, en un terreno que no acreditaron que es el derecho de vía, expresó.

Indicó que podría ser otra conducta pero no la sustracción como acusó el Fiscal.

El Juez determinó que con las pruebas presentadas durante el juicio no quedó lugar a dudas que Rolando se encontraba sacando combustible de la zanja.

Se trata de una acción que la intención es apoderarse de la sustancia, colocarla en su vehículo y llevar acabo algunas acciones, probablemente a un destino que pueda sufragar algunos gastos, indicó.

Detalló que no se acredita el delito de sustracción porque la Ley es muy específica y señala que se comete cuando el hidrocarburo se sustrae del ducto.

En la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos, abundó, los legisladores que la probaron establecieron en la exposición de motivos que la intención de sancionar la sustracción es inhibir que las personas vulneren instalaciones con hidrocarburos y establece lugares específicos.

En el caso de Rolando, consideró, no hay pruebas que permitan vincularlo con acciones de vulnerar el ducto por que quedó demostrado que el derrame ya tenía 10 días al momento de la detención.

La conducta no se ubica en la sustracción por lo que reclasificó el delito a adquisición del hidrocarburo sin derecho y sin consentimiento.

El Juzgador lo declaró culpable y la próxima semana impondrá la sanción.

El delito de sustracción que acusó la Fiscalía contempla una pena de 15 a 25 años de prisión y una multa de 15 mil a 25 mil días de salario.

El delito de adquisición, por el que el Juez lo declaró culpable, la pena es de dos a cuatro años de prisión y una multa de 2 mil a 4 mil días de salario.

El Fiscal dio a conocer que en la audiencia en la que el Juez impondrá la condena, solicitará  dos años de prisión.

Artículo publicado el 12 de enero de 2020 en la edición 885 del semanario Ríodoce.

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