Restringen labor de la prensa en juicios en Sinaloa

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Pide la Fiscalía que no entren reporteros a las audiencias, pero juez la rechaza

Sara Bruna Quiñonez Estrada pretendió extender la opacidad de la Fiscalía General del Estado a los tribunales penales. La semana pasada, la FGE pidió a una jueza restringir el acceso de los medios de comunicación, particularmente a Ríodoce, a las audiencias del juicio oral contra el ex alcalde Jesús Estrada Ferreiro, pero la solicitud fue rechazada.

La solicitud de la Fiscalía derivó de una nota de Ríodoce que narra que los defensores del ex alcalde hicieron ejercicios para evidenciar contradicciones de las testigos.

En las últimas semanas, Ríodoce ha dado a conocer la resistencia de la FGE para informar vía Ley de Acceso a la Información y ahora intentó que los ciudadanos no se enteraran de lo que está pasando en el juicio por abuso de autoridad y discriminación de las viudas de policías.

Ríodoce publicó que en una solicitud de información la FGE respondió que no tenía información de una denuncia presentada por diputadas de Morena por posible corrupción en la inversión de 700 millones de pesos en el estadio Kraken y violó la Ley de Acceso a la Información Pública.

El medio también publicó que la CEAIP ha señalado en sus resoluciones que violar la Ley para no informar es una práctica recurrente de la FGE y ha advertido dolo y hecho apercibimientos e incluso solicitado procedimientos para determinar responsabilidades y aplicar sanciones.

La semana pasada, el ex alcalde de Culiacán fue citado a una audiencia para revisión de medidas cautelares.

Al iniciar el Ministerio Público dijo a la jueza que tenía una petición y entonces sacó unos documentos que eran una impresión de la nota “El juicio contra Jesús Estrada; abuso de autoridad, le agregan”, publicada por Ríodoce en su portal web el 10 de octubre de este año y mencionó al reportero que la escribió y dijo que ahí se encontraba presente.

El fiscal empezó a mencionar lo que decía la nota sobre el inicio del juicio oral y lo que habían declarado las primeras testigos.

Señaló que el Código de Procedimientos Penales prohíbe transmitir las audiencias y en la nota se estaba transmitiendo todo lo que se había hecho al inicio del juicio en las audiencias de debate.

Comentó que la publicación describe que la defensa hizo ejercicios para evidenciar contradicciones de las testigos y para refrescar memoria.

Aseguró que ese tipo de publicaciones pueden afectar la participación de las testigos.

La FGE, indicó, tiene inconveniente de que se publique todo lo que se hace en las audiencias.

Los testigos que no han declarado, detalló, no deben saber lo que dijeron los que ya rindieron su declaración.

Señaló que con la publicación, los testigos que no han declarado se están enterando de los que dicen los otros.

Manifestó que la publicación puede provocar temor en los testigos que no han declarado y que no quieran comparecer.

Otro agente del ministerio público indicó que la nota narra la parte medular de las sesiones de debate.

La Fiscalía pidió a la jueza la restricción total de los medios de comunicación a las audiencias de juicio oral contra Estrada Ferreiro.

El asesor victimal manifestó que con esa publicación la audiencia se está transmitiendo vía web en el portal del semanario y en formato impreso.

El defensor de Estrada Ferreiro comentó que las audiencias son públicas y está permitido el ingreso de los medios.

No podemos privar de la libertad de expresión, su trabajo es respetable y ese es su oficio, comentó.

Manifestó que el imputado no se opone a que ingresen periodistas porque no tiene nada que ocultar.

En otros casos de servidores públicos como el proceso contra el rector de la UAS, detalló, han entrado medios y se ha publicado todo lo que pasa, desde la vinculación a proceso hasta la separación del cargo.

Indicó que si no van a permitir que los periodistas publiquen todo lo que sucede en las audiencias, es mejor que no entren.

En la publicación de Ríodoce que citó la Fiscalía, abundó, no hay nombres completos de las testigos y no hay fotografías de la audiencia ni de los participantes.

Comentó que su nombre sí aparece completo como defensor, pero no le afecta en nada y si la publicación hablara mal de él, solo ejercería su derecho de réplica.

El derecho a la libertad de expresión es fundamental, manifestó.

Dijo que ellos estaban de acuerdo en que entraran medios a las audiencias porque se trata de un servidor público y la sociedad debe saber lo que está pasando.

Otro de los abogados defensores indicó que los testigos no se pueden comunicar entre sí para que no sepan lo que declaran, pero es imposible garantizar que no lo hagan fuera de la sala de audiencias y sí lo hacen.

Se están ventilando errores garrafales y contradicciones y la Fiscalía trata de perfeccionarlo, expresó.

Estrada Ferreiro comentó que la publicación de Ríodoce solo narra lo que ocurrió en la audiencia.

La publicidad de las audiencias, manifestó, está contemplada en la Constitución.

Dijo que él no tenía inconveniente en que hubiera periodistas, pero la Fiscalía sí porque los están exhibiendo.

El afectado por la nota, aseguró, sería él porque ahí se mencionan las declaraciones en su contra y quienes las leen pueden decir que es un delincuente, barbaján, depravado o perverso, por todo lo que supuestamente dijo a las víctimas.

La jueza dijo que el Código de Procedimientos Penales solo señala que los periodistas deberán abstenerse de grabar y transmitir por cualquier medio la audiencia y es no ha ocurrido.

Mencionó que ella controla lo que sucede dentro de la sala de audiencias pero no lo que pasa afuera.

Comentó que su obligación es garantizar el debido proceso y no puede impedir que los medios hagan notas de las audiencias.

Rechazó la solicitud de la Fiscalía de una restricción total a los medios de comunicación.

La jueza resolvió imponer solo una restricción parcial que consiste en evitar la publicación de nombres, así sea solo el nombre de pila sin apellidos y detalles de los ejercicios que realizan las partes.

En la audiencia la Fiscalía también pidió a la jueza imponer como medida cautelar la prohibición de salir de estado sin autorización judicial debido a que el viernes 10 de noviembre no acudió a una audiencia y solo envió un oficio en el que informa que no acudirá pero no justifica su inasistencia.

La jueza decidió aprobarla porque el imputado ha manifestado que tiene intereses personales por lo que podría viajar constantemente.

Artículo publicado el 19 de noviembre de 2023 en la edición 1068 del semanario Ríodoce.

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