La SCJN invalida Ley de Contratación en publicidad por violar proceso legislativo

CIUDAD DE MÉXICO, 22MAYO2023.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció los efectos de la invalidez dictada en la controversia constitucional promovida en contra del “Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional”, publicado el 22 de noviembre de 2021. La SCJN determinó en cuanto a dichos efectos, por mayoría de seis votos, que la invalidez del acuerdo es de carácter total, por tratarse de una instrucción hacia las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la cual quedó insubsistente. FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Contratación de Publicidad, la cual fue presentada por el Senador Ricardo Monreal en noviembre de 2020 y aprobada en abril de 2021.

Por mayoría de 8 votos de sus 11 integrantes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la legislación que fue publicado el 3 de junio de 2021.

En particular, la Suprema Corte resolvió que se violó el procedimiento legislativo, principalmente, por que el procedimiento legislativo no respetó el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria en condiciones de libertad e igualdad, ya que no se permitió tanto a las mayorías como a las minorías parlamentarias expresar y defender su opinión en un contexto de deliberación pública.

El procedimiento deliberativo, no culminó con la correcta aplicación de las reglas de votación establecidas; toda vez que la celebración de sesiones simultáneas impactó no solo en la calidad del debate, sino en la privación del derecho de un senador para expresar su voto; además de que las votaciones se dieron sin un conocimiento oportuno e informado de los respectivos dictámenes.

No existen o no fueron exhibidas, ni localizadas las actas que respaldan la certeza y transparencia de las sesiones de las Comisiones Unidas que dictaminaron la iniciativa del proyecto de decreto en la Cámara de Senadores, lo que afecta la condición de publicidad del proceso legislativo.

La SCJN explicó que al haberse invalidado el decreto mencionado y, por tanto, al haber cesado sus efectos, se determinó “sobreseer en una diversa controversia constitucional que en contra de la misma disposición promovió el Instituto Federal de Telecomunicaciones”.

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