Se complica caso Luis Enrique; única imputada saldrá libre

BRYSIA CAROLINA. Libertad a la puerta.

Un juez de distrito resuelve que Brysia Carolina no puede ser procesada en el proceso por el crimen del periodista

A la Fiscalía General del Estado se le complicó el esclarecimiento del homicidio del periodista Luis Enrique Ramírez. La única imputada quedará libre de responsabilidad y a los responsables del asesinato no han podido detenerlos por “pitazos” que les da personal de la FGE.

La FGE y el juez de control llevaron a proceso penal a Brysia Carolina “F” por presuntamente encubrir a uno de los responsables del asesinato, sabiendo que a ella no la podían sancionar por ese delito.

Un juez de distrito resolvió que por el delito de encubrimiento por favorecimiento, aplica con ella una excluyente absolutoria contemplada en el Código Penal, debido a que es concubina del hombre al que presuntamente encubrió. Y de acuerdo al juez se debe hacer valer desde la orden de aprehensión o en la audiencia inicial.

De acuerdo con la sentencia de amparo, el Código Penal establece que por el delito de encubrimiento no se impondrá sanción a “los ascendientes o descendientes consanguíneos o por adopción, el cónyuge, concubina o concubinario y parientes colaterales por consanguinidad hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el segundo”.

Brysia Carolina ya había dado el primer revés a la Fiscalía en agosto pasado cuando un juez federal ordenó ponerla en libertad debido a que el juez de control, al dictar la prisión preventiva, violó la suspensión contra la privación de la libertad que tenía la imputada.

Por el homicidio, la Fiscalía tiene orden de aprehensión contra la pareja de Brysia, identificado como J.E.G.G; y otro hombre de iniciales S.R.V.V.

La Fiscal, Sara Bruna Quiñónez Estrada, dijo que a J.E.G.G. no han podido ejecutarle la orden de aprehensión porque le avisan, presumiblemente personal de la dependencia.

“Tuvimos muchas posibilidades de detenerlo en más de una ocasión e inexplicablemente no se lograba, entonces una deducción lógica de eso es que alguien le pudo haber avisado”, dijo.

“Los sospechosos podrían ser las personas que estaban al tanto”, indicó.

Comentó que iniciaron una investigación interna y hasta el momento no puede hacer señalamientos directos hacia alguna persona y que además cambiaron al personal que está a cargo de la investigación.

Quiñónez Estrada indicó que la dependencia presume que los responsables son miembros de la delincuencia organizada.

A Brysia la acusaron de ocultar un celular desde el que se comunicó con su pareja y llamó al 911 para reportar que había un hombre, Luis Enrique, moviendo la reja e intentando entrar a su casa en la colonia Morelos, la madrugada del 4 de mayo.

Según la Fiscalía, minutos después llegó al lugar S.R.V.V, quien baleó y privó de la libertad a Luis Enrique por órdenes de J.E.G.G.

La FGE estableció que S.R.V.V. se encontraba en la sindicatura de Quilá y vía telefónica ordenó a S.R.V.V, quien estaba en la colonia Antonio Nakayama, de esta ciudad de Culiacán, privar de la libertad al periodista que el 5 de mayo fue encontrado asesinado.

Con el celular que Brysia presuntamente ocultó, aseguró la FGE, se pudieron haber obtenido datos para identificar al presunto responsable del asesinato.

Brysia dijo que el celular lo perdió alrededor de las 15:00 horas del 4 de mayo en un choque, pero en las investigación la FGE estableció que después de esa hora, desde teléfono que dijo haber extraviado, se comunicó varias veces con su pareja.

El proceso penal de Brysia inició el 16 de julio pasado cuando fue vinculada a proceso penal.

La joven tenía orden de aprehensión pero no fue detenida debido a que tenía una suspensión contra la privación de la libertad concedida por un juez de distrito, por lo que llegó por sus propios medios a la audiencia inicial.

El juez de control, Adán Alberto Salazar Gastélum, pasó por alto la suspensión y decretó la prisión preventiva y durante un mes Brysia estuvo internada en el Centro Penitenciario Aguaruto.

La joven fue puesta en libertad en agosto pasado después de que un juez de distrito determinó que Salazar Gastélum había violado la suspensión contra la privación de la libertad.

En la audiencia inicial celebrada el 16 de julio pasado, los abogados de Brysia señalaron que con ella aplicaba una excusa absolutoria por lo que no podía ser sancionada por ese delito porque era concubina del hombre que supuestamente encubrió y presentaron actas de nacimiento de sus hijas y datos para acreditar que tenían una relación de más de 20 años.

El juez Salazar Gastélum reconoció que a las concubinas no podían sancionarlas por ese delito pero señaló que eso se tendría que resolver en otra etapa del proceso penal.

Los defensores promovieron un amparo y el juez de distrito resolvió que la excluyente absolutoria se debe aplicar desde la orden de aprehensión o en la audiencia inicial.

Menciona que a ningún fin práctico conduciría sujetar a un proceso a la imputada, cuando desde ahora puede preverse la excusa absolutoria y evitar someter al indiciado a un proceso penal, en el que finalmente se deberá decidir que no es factible imponer sanción alguna.

El juez de distrito ordenó al juez de control dejar insubsistente el auto de vinculación a proceso y dictar una nueva resolución en la que resuelva que se actualiza la excusa absolutoria.

Artículo publicado el 04 de diciembre de 2022 en la edición 1036 del semanario Ríodoce.

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