Integrantes de la Junta de Coordinación Política, que preside la diputada Graciela Domínguez Nava, presentaron iniciativa de reformas a la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Sinaloa para la realización de sesiones virtuales, en casos de fuerza mayor, mediante la utilización de las herramientas y tecnologías de la información y las comunicaciones.
La iniciativa tiene por objeto realizar las adecuaciones legales necesarias a efecto de establecer la modalidad virtual en casos excepcionales para el desahogo de sesiones públicas tanto del Pleno, de la Diputación Permanente y Comisiones Permanentes, mediante la utilización de las herramientas y tecnologías de la información y las comunicaciones.
La propuesta señala que la modalidad virtual podrá realizarse con carácter excepcional, derivado de causas de fuerza mayor que emanen de contingencias y emergencias sanitarias, ambientales y las que resulten de recomendaciones y medidas en materia de protección civil.
En los considerandos de la iniciativa se expone que actualmente existen los avances tecnológicos necesarios y accesibles, con los cuales puede garantizarse la efectividad del trabajo parlamentario y la no interrupción de las funciones constitucionales a cargo del Poder Legislativo.
En la exposición de motivos, los diputados exponen que en el actual contexto de la crisis por la pandemia causada por el virus de Covid-19, se garantizaría la continuidad de los trabajos parlamentarios sin trastocar las políticas de sana distancia que se vienen implementando desde el orden federal.
Mediante las sesiones virtuales se aseguraría no comprometer ni arriesgar la integridad física y personal de las y los servidores públicos que integran las estructuras técnicas, jurídicas, administrativas y de investigación que son auxiliares tanto de las diputadas como de los diputados y se garantizaría la eficacia y seguridad jurídica en el ejercicio del derecho a la salud de la sociedad.
De acuerdo con la iniciativa que presenta la Junta de Coordinación Política se considerarán causas de fuerza mayor:
1.- Las contingencias y emergencias sanitarias declaradas por las autoridades competentes.
11.- Las contingencias y emergencias que deriven de fenómenos climatológicos, meteorológicos o ambientales, que impidan la celebración de sesiones y reuniones al interior del recinto parlamentario.
111.- Las derivadas del acatamiento a medidas y recomendaciones de las autoridades de protección civil
La Junta de Coordinación Política de manera conjunta con la Presidencia de la Mesa Directiva podrá acordar la celebración de sesiones públicas virtuales, debiéndose acreditar cualquiera de los supuestos establecidos en la ley.
Las presidencias de las Comisiones Permanentes podrán convocar a reuniones públicas virtuales cuando se acredite la actualización de cualquiera de los supuestos, previo acuerdo de la Junta de Coordinación Política y la Mesa Directiva.
Durante las sesiones y reuniones públicas virtuales únicamente podrán efectuarse votaciones nominales, debiéndose asentar en las actas correspondientes el sentido de los votos emitidos por los diputados.
En las sesiones públicas virtuales no podrán agendarse asuntos que requieran para su votación cédula en el ejercicio de facultades a cargo del Congreso.
Con la iniciativa presentada por la JUCOPO, hay son tres las propuestas de reforma para hacer posible las sesiones virtuales. Anteriormente plantearon también sus iniciativas, por separado, en el mismo tema la diputada del PAS, Angélica Díaz, y por el PRI, Jesús Armando Ramírez.