Acuerdan Ayuntamiento y restauranteros medidas para el 10 de mayo; no hubo sanciones tras aglomeraciones del 30 de abril

acuerdos

Representantes de restaurantes y negocios de ventas de alimentos sostuvieron una reunión este día en el patio del Ayuntamiento con autoridades municipales para tomar medidas que eviten aglomeraciones el 10 de mayo.

En total se tomaron 14 acuerdos entre los que prevé que los días 9 y 10 de mayo no se permitirá a clientes que ingresen a los establecimientos y solo se les atenderá a bordo de sus vehículos y los pedidos deberán ser vía telefónica o redes sociales.

También, todos aquellos que participen de la compra, tanto el vendedor como el cliente, deberán en todo momento usar cubre bocas, y en el caso de los trabajadores de empresas, estos deberán ser proveídos por sus patrones por el material necesario para ello.

Otro acuerdo establece que a ninguna persona se le dará algún tipo de servicio en el interior, en la puerta, o en ventanilla de esos establecimientos, y la violación de esta medida por parte de la empresa o cualquiera de sus empleados será motivo de clausura inmediata por el resto de ese día.

En el documento dado a conocer por el Ayuntamiento de Culiacán no se dio a conocer sanción alguna para las empresas que participaron junto con ciudadanos en aglomeraciones, captadas algunas en redes sociales donde se aprecia que incluso personal de una pastelería da bebidas de cortesía a clientes haciendo fila.

Previamente, la comuna hizo el anuncio sobre la prohibición de venta de flores y el cierre del mercado especializado en la venta de dicho producto así como de panteones en todo el municipio para evitar aglomeraciones por el Día de las Madres.

Acuerdos:

1.- Los días 9 y 10 de mayo no se permitirá a clientes que ingresen a los establecimientos y solo se les atenderá a bordo de sus vehículos.

 

2.- Podrán ordenar a domicilio vía telefónica o por las redes sociales y el establecimiento les dirá el importe preguntando la denominación del billete con el que pagarán para enviar en un sobre el monto exacto del cambio.

 

3.- El repartidor se concretará a entregar el producto y el cambio evitando al máximo cualquier contacto con el cliente.

 

4.- A los clientes que ordenen para recoger se les indicará su número de pedido y la hora aproximada de entrega a bordo de su vehículo; además se les preguntará denominación del billete con el que pagarán para entregar el cambio exacto en un sobre.

 

5.- A los vehículos haciendo fila, el proveedor les asignará una cartulina pegada al cristal parabrisas con el número de pedido y hora de entrega para identificarlos.

 

6.- Tanto el personal que entregue el pedido como el cliente deberán usar en ese momento un cubrebocas adecuado. El empleado deberá usar además guantes y protección para sus ojos.

 

7.- El propietario deberá proveer de todos los instrumentos de referencia al trabajador para su protección

 

8.- A ninguna persona se le dará algún tipo de servicio en el interior, en la puerta, o en ventanilla de esos establecimientos.

 

9.- La violación de esta última medida por parte de la empresa o cualquiera de sus empleados, será motivo de clausura inmediata por el resto de ese día.

 

10.- Las empresas expendedoras de alimentos podrán operar con personal propio o subcontratado, pero estas serán responsables de las acciones y omisiones de ese personal.

 

11.- El personal de las empresas incluyendo repartidores, usarán en todo momento cubrebocas, guantes y lentes o caretas de acrílico. La omisión de esta medida será causa de clausura del establecimiento por el resto del día.

 

12.- Las empresas subcontratadas para el reparto de alimentos que no cumplan con estas disposiciones sanitarias igualmente serán sancionadas, incluyendo la cancelación del permiso para operar en el municipio de Culiacán.

 

13.- Todo lo no previsto será resuelto razonablemente por la autoridad municipal.

 

14.- Los empresarios pondrán su mejor esfuerzo para diseñar el sistema de venta a través de los medios a su alcance para lograr estos objetivos.

 

 

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