El TEPJF cancela registro a candidata del PT a la presidencia de Ecatepec

TOLUCA, Edomex., (proceso.com.mx).- La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) canceló el registro a Jessica Salazar como candidata del Partido del Trabajo (PT) a la presidencia municipal de Ecatepec.

El TEPJF consideró inelegible a la candidata, debido a que no solicitó licencia como diputada federal en los tiempos obligados por ley.

La noche de ayer miércoles, el pleno de la Sala Toluca resolvió un juicio de revisión constitucional promovido por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) contra la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) que había confirmado la elegibilidad de la abanderada.

Los magistrados del TEPJF consideraron que el TEEM no valoró la totalidad de los elementos puestos a su consideración, pues omitió el estudio de la información contenida en la página electrónica oficial de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

Por tanto, revocaron la sentencia y declararon fundado el agravio de inelegibilidad.

Tras estudiar el caso, los magistrados encontraron que, pese a haber solicitado licencia al cargo de diputada federal el 4 de marzo del presente año, continuó realizando actividades propias de la encomienda parlamentaria durante un periodo aproximado de 30 días posteriores.

Con esta conducta, la aspirante petista violó la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, el Código Electoral Estatal y los principios de equidad e imparcialidad en la contienda.

La magistrada ponente, María Amparo Hernández Chong Cuy, advirtió que la ciudadana no está en situación de elegibilidad por no separase materialmente del cargo de diputada federal, pues siguió participando en las sesiones del Congreso.

Además, expuso, la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y de la Sala Superior del TEPJF exigen la separación oportuna del cargo.

En tanto, el magistrado Juan Carlos Silva Adaya consideró que la infracción a la ley resulta clara: “¿Qué efecto podría tener lo que se transparenta en esta cultura de la rendición de cuentas, si no puede surtir o servir como mecanismo probatorio en este tipo de juicios?”.

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