La balanza y los jueces

La balanza y los jueces

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“Oh, ya veo. Hay un imbécil sentado en algún lugar con una balanza ¿verdad? ¿Y mide el bien y el mal en onzas?: Garth Ennis. John Constantine Hellblazer.

 

Los símbolos de la justicia son varios e identificables con facilidad. Todos conocemos a las diosas de la justicia, que pueden ser Temis, Astrea o Diké, la venda sobre sus ojos que significa la imparcialidad, la espada que simboliza la  fuerza y, por supuesto, la balanza de la igualdad.

 

El dios de la justicia de los sumerios, Utu (Shamash para los acadios), también tenía un objeto para medir, pero éste era una cuerda. La balanza llegó con la divinidad egipcia y el concepto de equilibrio universal o maat. Cuando un egipcio moría se procedía a la momificación de su cuerpo. El único órgano que se dejaba era el corazón, que era una especie de llave para llegar al paraíso.

 

El alma del difunto, en su camino hacia la otra vida llegaba al Aaru, o la otra vida, pero eso no significaba el disfrute inmediato del paraíso eterno. Antes debía enfrentar una prueba que conocemos como el juicio de Osiris.

 

El espíritu del fallecido era guiado por el dios Anubis ante el tribunal de Osiris. Anubis extraía el  corazón, que representa la conciencia y moralidad, y lo depositaba sobre uno de los dos platos de una balanza.

 

Sobre el otro ponía la pluma de maat, una pluma de avestruz, que contenía las malas obras cometidas durante la vida terrenal. El corazón pasaba la prueba si pesaba más que la pluma y entonces los dioses permitían al alma acceder al Aaru.

 

Si la pluma pesaba más que el corazón, aparecía Ammyt la devoradora, un monstruo con cabeza de cocodrilo, piernas de hipopótamo, melena, torso y brazos de león, que se comía el corazón. Esto representaba la segunda muerte y para el difunto significaba el final de su condición de inmortal.
Siglos después, la balanza fue adoptada por griegos y romanos como accesorio de sus diosas de la justicia. Para Jesús G. Sotomayor Garza, la balanza se identifica con la justicia porque siempre debe existir un equilibrio entre quienes acuden a un tribunal buscando la defensa de sus derechos. La balanza con sus dos platillos a la misma altura expresa la igualdad con la que debe conducirse un juez.

 

De aquí que sea importante conocer qué consideran los jueces que es la igualdad y cómo se expresa en casos concretos.  En tesis publicada en 2013, el Primer Tribunal Colegiado en materia Penal del Primer Circuito considera que el principio de igualdad es “el deber de conferir a las partes las mismas oportunidades procesales para exponer su posición en juicio, para probar los hechos en que ésta descanse, así como para sostener, con la misma medida y alcance, sus alegatos y motivos de inconformidad”.

 

En otras palabras, es la igualdad de derechos entre las partes de un juicio. Y si este principio no se respeta, entonces la norma o el acto que lo contraviene no pueden ser atendidos. De hecho, el año pasado el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito declaró inaplicable el artículo 379 del todavía vigente Código de Procedimientos Penales para el estado de Sinaloa, por vulnerar el principio de igualdad entre las partes y el derecho de igualdad ante la ley.

 

Pero la igualdad que es tan clara, a veces se complica cuando entran en juego otros derechos en materia penal relacionados con el sistema acusatorio. Por ejemplo, la persona a quien se le imputa un delito tiene derecho a una defensa adecuada, lo que de acuerdo con el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, significa que debe estar asistido por un perito en derecho que actúe diligentemente con el fin de proteger las garantías procesales del acusado y evitar que sus derechos se vean lesionados (tesis con número de registro 2006152).

 

¿Y la víctima, apá? Pues en su favor opera el principio de suplencia de la queja deficiente, según sostuvo en 2013 el Noveno Tribunal Colegiado en materia Penal del Primer Circuito. La razón para corregir los errores u omisiones de las peticiones de las víctimas radica en la ley.

 

La Ley General de Víctimas prevé el derecho de éstas a que se realice una investigación inmediata y exhaustiva del delito, a que los probables criminales, con respeto al debido proceso, sean enjuiciados y sancionados, así como a obtener una reparación integral por los daños sufridos. Y para garantizar estas prerrogativas, tienen acceso a todos los mecanismos de justicia de que disponga el Estado.

 

Así que, el imputado está protegido y la víctima está protegida. La balanza está equilibrada. Juego parejo paisano, juego parejo.

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