Rechaza OEA acciones de Ecuador contra la embajada de México y se solidariza con las víctimas

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La Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) rechaza cualquier acción violatoria o que ponga en riesgo la inviolabilidad de los locales de las misiones diplomáticas y reitera la obligación que tienen todos los Estados de no invocar normas de derecho interno para justificar el incumplimiento de sus obligaciones internacionales.

Luego de que el viernes por la noche policías de Ecuador entraron por la fuerza a la embajada de México y se llevaron detenido al exvicepresidente de ese país, Jorge Glas, quien se encontraba refugiado y había solicitado asilo, la OEA fijó su postura al rechazar estas acciones y solidarizarse con las víctimas.

En un comunicado, la organización “manifiesta solidaridad a quienes fueron víctimas de las acciones improcedentes que afectaron a la Embajada de México en Ecuador. La OEA fue víctima también recientemente de un ataque similar en Managua y ni en ese caso ni en este son admisibles ambigüedades, sino la más plena coherencia con el Derecho Internacional”.

En el documento hace un llamado al diálogo entre las partes para resolver sus diferencias, y estima necesaria una reunión del Consejo Permanente de la OEA para abordar el tema.

“Y en base a los principios consagrados en el derecho internacional, como el respeto a la soberanía, la solución pacífica de las controversias, la coexistencia pacífica de los Estados, la renuncia a recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza para dirimir los conflictos y el fiel y estricto cumplimiento de los tratados internacionales, entre ellos los que garantizan el Derecho de Asilo”, agrega.

Recuerda que las naciones de las Américas han reafirmado en la Carta de la OEA que “el derecho internacional es norma de conducta de los Estados en sus relaciones recíprocas” y, en ese sentido, es fundamental el estricto cumplimiento por parte de todos los Estados de las normas que regulan la protección, el respeto y la inviolabilidad de los locales de las misiones diplomáticas y de las oficinas consulares, las que han sido codificadas en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, del 18 de abril de 1961, en particular lo dispuesto en su artículo 22, y en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, del 24 de abril de 1963, en particular lo dispuesto en su artículo 31.

“En el deber de sostener la coherencia con los antecedentes de posicionamiento internacional de la Organización, y reiterando el contenido de pronunciamientos anteriores, la Secretaria General de la OEA reitera la vigencia plena de los principios y normas que regulan las relaciones diplomáticas entre los Estados, y en particular aquellas referidas al pleno respeto de la inviolabilidad de los locales de las misiones diplomáticas y de las oficinas consulares. A la vez, reafirma que dichos principios y normas constituyen reglas fundamentales para asegurar la convivencia pacífica entre todos los países que conforman la comunidad internacional”, asentó.

Por lo tanto, la Secretaría General

En este marco,

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