Inconstitucionales los descuentos en agua potable: SCJN

Inconstitucionales los descuentos en agua potable: SCJN

El exalcalde Jesús Estrada Ferreiro afirma que en el Congreso del Estado aprobaron la reforma porque el gobernador quería “quebrar” a las juntas de agua.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio la razón al exalcalde de Culiacán Jesús Estrada Ferreiro, y resolvió que los descuentos del 50 por ciento en el pago del agua potable aprobados por el Congreso son inconstitucionales, y que existen otras formas en las que se pueden proporcionar apoyos para el pago del servicio.

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El Congreso del Estado reformó la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa y estableció el 50 por ciento de descuento a pensionados o jubilados, así como a las personas adultas mayores o personas con discapacidad que sean usuarias del servicio doméstico de agua potable y alcantarillado.

El exalcalde Jesús Estrada Ferreiro dijo que su propuesta era que no hubiera descuentos, y que el Ayuntamiento pagara el 100 por ciento del recibo solo a personas de escasos recursos con un fondo de apoyo a personas vulnerables que tiene el Ayuntamiento para que la JAPAC no quedara descapitalizada, porque los descuentos implicaban que la paramunicipal dejara de recibir 190 millones de pesos.

El Congreso publicó la reforma el 9 de febrero de 2022, y el entonces alcalde promovió en la Corte una controversia constitucional argumentando que la Constitución prohíbe los descuentos en los servicios públicos municipales.

La semana pasada los ministros resolvieron que las disposiciones aprobadas por el Congreso “violaban la prohibición constitucional de establecer exenciones o subsidios”.

Los ministros señalaron que no resulta inconstitucional dar apoyos para grupos vulnerables como son las personas adultas mayores o todas las personas con discapacidades para el pago de agua potable y alcantarillado, simplemente lo que se establece es que no se pueden dar estos apoyos mediante subsidios o exenciones al pago de las contribuciones.

Existen otros mecanismos, indica, mediante los cuales el Congreso de Sinaloa puede proporcionar apoyos para el pago de los servicios de agua y drenaje, tal como sería una transferencia directa con el objeto de beneficiar a personas pensionadas o jubiladas, así como a personas adultas mayores o personas con discapacidad, pero sin afectar la hacienda municipal.

La Corte invalidó las disposiciones de la reforma, pero solo para el municipio de Culiacán, por lo que en el resto del estado pueden ser aplicadas.

Estrada Ferreiro mencionó que cuando se aprobó la reforma explicaron al Congreso que era inconstitucional y aun así decidieron publicarla, no por ignorantes sino por perversos.

“El gobernador tenía la intención perversa como siempre de hacer quebrar a las juntas de agua potable para que no fuéramos buenos presidentes municipales y no pudiéramos reelegirnos, igual que la Ley de Viudas de Policías que quiso descapitalizarnos”, indicó.

Los diputados, aseguró, aprobaron los descuentos a sabiendas de que estaban prohibidos por la Constitución y que a la junta de agua de Culiacán le iban a causar un daño de 190 millones de pesos.

JESÚS ESTRADA FERREIRO. No fue ignorancia, sino perversidad.

Comentó que el descuento no debe ser para todas las personas porque hay jubilados y pensionados que no necesitan que les descuenten 100 pesos, que es el promedio de descuentos en JAPAC.

“Yo soy jubilado del Seguro Social y soy adulto mayor y como yo habemos millones de personas que no tenemos necesidad de un descuento de agua potable porque a mí el Seguro me da 57 mil pesos mensuales, tengo mi despacho, mis hijos ya están grandes, así que ahorrarme 100 pesos para qué los quiero, eso es causarle un daño al erario”, expresó.

Mencionó que con la reforma del Congreso era el 50 por ciento de descuentos a pobres y ricos y él proponía que el Ayuntamiento pagara el 100 por ciento del consumo, pero solo a personas de escasos recursos, sin importar si era pensionado, jubilado o con discapacidad.

Detalló que su propuesta era que las personas de escasos recursos se acercaran al Ayuntamiento por una sola vez y mientras permanecieran en esa situación, el municipio les iba a pagar el recibo de la JAPAC con un fondo de apoyo a personas vulnerables.

Con su propuesta, indicó, la JAPAC no se descapitalizaba y para el Ayuntamiento no representaba un gasto extra porque el fondo está contemplado en el presupuesto anual.

“Alguien dijo: están como el tío lolo se hacen tontos solos, porque sacas de una bolsa y le metes a la otra, pero no es la misma, la junta de agua es una paramunicipal con recursos propios que si hace descuentos se descapitaliza, y el Ayuntamiento tiene un presupuesto para apoyos a personas vulnerables”, expresó.

Además, detalló, si la JAPAC no hace descuentos y el municipio paga el 100 por ciento del recibo a personas de escasos recursos, baja la morosidad y aumenta la recaudación y eso el Gobierno Federal lo toma en cuenta para aumentar las participaciones federales al igual que las calificadoras financieras como Moody´s que subirían la calificación crediticia de la JAPAC y el Ayuntamiento.

Señaló que dos años después la Corte le dio la razón, solo con la oposición de las ministras Lenia Batres y Yasmín Esquivel.

“Las únicas ministras que estuvieron inconformes fueron Batres y Esquivel, las dos nuevas, quiero pensar que fue por ignorancia y no por dogmatismo, porque seguramente como se trata de discapacitados, jubilados, pensionados, para ellas son sinónimos de vulnerabilidad, pues un discapacitado, con todo respeto, es vulnerable físicamente pero no necesariamente económicamente; muchos jubilados, pensionados, no son vulnerables económicamente; yo no entiendo esa política demagógica que a los jubilados y pensionados se les perdone todo, que se les perdone a los que no tengan dinero”, dijo.

Artículo publicado el 14 de julio de 2024 en la edición 1120 del semanario Ríodoce.

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