Busca PRD invalidar artículos de Ley electoral en Sinaloa

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La acción de inconstitucionalidad que presenta Carlos Navarrete, ante la SCJN, pretende impugnar presuntos actos de inequidad en financiamiento y censura

Al considerar que diversos artículos de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa se contraponen a la norma general, al establecer criterios inequitativos en financiamiento y autofinanciamiento de partidos, así como un posible acto de censura, el PRD presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Imelda Castro Castro, líder de la fracción del partido en el Congreso local, explicó que el recurso que presentó Carlos Navarrete, el 12 de agosto, pretende invalidar de la norma local, el numeral dos, de los incisos a y b del segundo párrafo, apartado A, del artículo 65, que establece un porcentaje de financiamiento de un 20-80, cuando la legislación general señala un 30-70.

“El primero tiene que ver con el tema de financiamiento privado… en relación a que era inconstitucional plantear esta disposición del famoso 20-80, en donde el 20 por ciento de los recursos de los partidos se distribuyen de manera equitativa y el 80 por ciento en función del resultado electoral”, explicó.
“La Constitución, según el artículo 41, fracción segunda, pero además el propio artículo 133, de la misma Constitución, viene planteando que debe ser una relación de 30-70”.

Añadió que también se plantea impugnar el párrafo primero y segundo, del artículo 69 de la Ley local, relativo al añadido: “Se entenderá por calumnia la imputación de hechos o delitos falsos con impacto en un proceso electoral”.

“Existe ese añadido famoso que hace una definición de lo que es la calumnia, cuando se habla de la parte de las campañas electorales.. y esa es de la cosecha de Sinaloa, no tiene nada que ver con la legislación a nivel federal”, opinó.
“Esa expresión deja.. a la libre interpretación, es decir se puede decir que tal o cual cosa es calumnia y que impactó en el proceso electoral, y se puede decir que hay una especie de mordaza.. y corta de tajo que las campañas electorales sean debates políticos, intercambio de opiniones.. el tema aquí es como se coarta la libertad de expresión”.
El Diputado Ramón Lucas Lizárraga agregó que en la acción de inconstitucionalidad, que se espera se resuelva antes del 15 de octubre, previo a la publicación de la convocatoria, la invalidez del primero y segundo párrafos del apartado B del artículo 65 de la legislación estatal, que establece que los partidos pueden obtener hasta el 40 por ciento de su presupuesto total, de organismos afiliados.

“Como saben el partido oficial, el PRI regularmente tiene un sistema corporativo, donde aglutina un conjunto de organizaciones y sindicatos a través de la CNOP, CTM, la Liga de Comunidades Agrarias, y que son consideradas organizaciones, y en el apartado de autofinanciamiento de los partidos políticos, se considera las aportaciones de las organizaciones”, comentó.

“Estaríamos dejándole abierta la posibilidad para que estas organizaciones puedan financiar al PRI hasta con el 40 por ciento de su presupuesto total, y ello es muy grave en términos de la equidad que deben tener los procesos electorales y el financiamiento de los partidos, se vería sumamente deteriorado”.

Además dijo que se permitirá la intromisión de dichas organizaciones en los procesos electorales.
“Hemos luchado durante muchísimos años para que el sistema corporativo del sistema político mexicano y particularmente del PRI se venga abajo… y con este apartado en la legislación del autofinanciamiento, retrocedimos alrededor de 30 años”, estimó.
“Al entrar en contradicción con nuestra ley general, que prohíbe que haya el voto corporativo y que haya la afiliación masiva y organizar a los partidos políticos, sentimos nosotros que esto es parte de lo que en la legislación en Sinaloa deba de caer, porque no caemos en un riesgo de que el PRI los utilice, sino que el resto de los partidos, podamos caer también en ese tipo de excesos”.

 

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