El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), desestimó las acciones de inconstitucionalidad presentadas por cuatro partidos políticos y un minoría legislativa en contra de la reforma judicial.
Por lo anterior la citada reforma seguirá vigente en todos sus términos.
una mayoría de siete ministras y ministros se pronunció en favor de la procedencia de las acciones analizadas, al no contarse con la votación calificada de ocho votos necesaria para invalidar diversos preceptos contemplados en el proyecto de resolución, el Pleno del Máximo Tribunal Constitucional desestimó los conceptos de invalidez.
El Pleno de la Suprema Corte desestimó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que proponía invalidar la elección popular de jueces y magistrados pero avalar la elección de ministros y magistrados electorales.
El ministro Alberto Pérez Dayán se sumó a las ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz en el sentido de que los partidos políticos no pueden impugnar cambios a la Constitución a través de acciones de inconstitucionalidad.
Con esta determinación, la Suprema Corte no entró al fondo del asunto y no revisó la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las diferentes fracciones de la reforma judicial.