La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), admitió a trámite dos acciones de inconstitucionalidad presentadas por senadores y diputados de oposición contra las reformas a la Ley de Amparo, en vigor desde junio pasado.
En julio pasado, las bancadas del PRI, PAN y PRD en la Cámara de Diputados presentaron una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para invalidar las reformas a la ley de Amparo y de Amnistía.
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Las impugnaciones contra las reformas a la Ley de Amparo, presentada por la oposición en el Congreso, se turnaron al ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien deberá elaborar un proyecto de sentencia
El 15 de junio pasado, la Secretaría de Gobernación (SEGOB), publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que se reformaron los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión del acto reclamado e inconstitucionalidad de normas generales, que impediría que jueces concedieran suspensiones contra leyes generales, incluso si eran inconstitucionales o representaban un riesgo para los derechos.