Libran orden de reaprehensión contra Lapo

Libran orden de reaprehensión contra Lapo

El exfuncionario malovista debió internarse voluntariamente en un penal y no lo hizo

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El ex secretario Técnico de la Secretaría de Turismo de Sinaloa, Luis Ángel Pineda Ochoa, tiene orden de reaprehensión por desacatar la orden de una jueza de internarse voluntariamente en el penal para cumplir su condena de ocho años de prisión.

Pineda Ochoa fue sentenciado en el 2019 por el delito de desempeño irregular de la función pública por pagar campañas publicitarias que no se hicieron durante el gobierno de Mario López Valdez.

El ex funcionario malovista fue condenado a ocho años tres meses de prisión y al pago de 8 millones 651 mil pesos por reparación del daño y 36 mil pesos de multa y quedó inhabilitado para ocupar cargos públicos durante 16 años.

Con apelaciones y amparos, estuvo retrasando el cumplimiento de la condena, pero el 7 de junio de 2023 la Jueza Segunda de Primera Instancia de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del Delito en el Estado con residencia en Ahome, ordenó que se internara voluntariamente en el Centro Penitenciario Goros II y no lo hizo, por lo que libró orden de reaprehensión.

Pineda Ochoa promovió un amparo con el que se quedó suspendida la orden de reaprehensión y le fue negado y tramitó una revisión del amparo y le fue negada el 28 de mayo de este año.

Durante el gobierno de Malova, el funcionario pagó campañas publicitarias con Delta Vacations, CanWest y Continental Airlines que nunca se hicieron, por lo que fue llevado a juicio.

Durante las investigaciones, la Fiscalía General del Estado detectó que el dinero fue transferido a cuentas bancarias de la esposa, hija, cuñado y hermana de Pineda Ochoa y además del delito de desempeño irregular de la función pública también lo acusó de peculado, pero lo hizo en un momento en el que ya no podía hacerlo.

La entonces jueza Sara Bruna Quiñónez Estrada dictó sentencia absolutoria por el delito de peculado y reprochó a los fiscales haber violado el debido proceso y los derechos de Pineda Ochoa por intentar acusar por ese delito, cuando ya no se podía.

Durante el juicio declaró el ex secretario de Turismo, Rafael Lizárraga Favela, quien también estuvo vinculado a proceso, pero luego la FGE le retiró la acusación.

El ex funcionario declaró que Pineda Ochoa le confesó “te voy a hablar con la verdad, no te voy a echar mentiras, no se realizaron (las campañas), ese dinero lo saqué porque recibí instrucciones superiores” y “que lo habían hecho a la antigua, que habían falsificado documentos, que habían falsificado facturas, que habían falsificado firmas, que habían falsificado pólizas”.

La jueza Quiñonez Estrada lo sentenció a 13 años de prisión, pero después el Supremo Tribunal de Justicia del Estado modificó la condena y la redujo a ocho años tres meses.

Luego de varios amparos y apelaciones, el 3 de mayo de 2023, la titular del Juzgado Primero de Primera Instancia de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del Delito en Culiacán ordenó que procediera al pago de la multa dentro del plazo de un año y que dentro de los cinco días siguientes a la notificación procediera al pago de la reparación del daño.

También ordenó al sentenciado que en un plazo de cinco días se internara voluntariamente en el Centro Penitenciario Aguaruto.

Pineda Ochoa pidió que la jueza de Culiacán declinara la competencia a un juzgado de Ahome para que el trámite continuara allá e internarse en el Centro Penitenciario Goros II por ser el más cercano a su domicilio.

La Jueza Segunda de Primera Instancia de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del Delito en el Estado con residencia en Ahome, admitió la competencia y el 7 de junio de 2023 ordenó que se internara en el penal ubicado en Los Mochis, inmediatamente después de ser notificado.

Pineda Ochoa no acudió al penal y fue requerido en su domicilio para que se internara de manera inmediata con la advertencia de que de no hacerlo, libraría orden de reaprehensión y tampoco se presentó.

El 23 de junio, la jueza dictó orden de reaprehensión debido a que incurrió en desacato, al no comparecer a cumplir con la pena a pesar de que se encontraba legalmente notificado.

El ex funcionario promovió un amparo en el juzgado séptimo de distrito el cual le fue negado, por lo que tramitó una revisión y el Tribunal Colegiado en Materia Penal confirmó la negativa de amparo el 28 de mayo de este año.

El Tribunal consideró que la jueza que libró la orden de reaprehensión “partió de la certeza de que el quejoso conocía de la obligación a comparecer a internarse en el centro penitenciario que el mismo solicitó se le permitiera el ingreso bajo el argumento que era el más cercano a su domicilio, además incumplió con su obligación de presentarse a internarse, pese a haber sido requerido de forma personal mediante acuerdo de 7 de junio de 2023”, señala la sentencia.

Pineda Ochoa fue acusado junto con el ex secretario de Turismo, Rafael Lizárraga Favela; y el ex coordinador Administrativo, José Luis Martínez Romero y los tres fueron vinculados a proceso penal.

En las investigaciones, la FGE determinó que Lizárraga Favela y Martínez Romero no tenían responsabilidad y les retiró la acusación.

Artículo publicado el 30 de junio de 2024 en la edición 1118 del semanario Ríodoce.

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