Mientras el Congreso del Estado trabaja para integrar en las siguientes semanas los Comités Fundacionales de los municipios de Eldorado y Juan José Ríos, en Sinaloa son cinco los municipios que debieran suprimirse para convertirse en sindicaturas.
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La Constitución de Sinaloa señala que el Congreso del Estado tiene la facultad de suprimir los municipios que no reúnan los requisitos establecidos para serlo, entre ellos contar con una población de cuando menos 30 mil habitantes, según el último censo.
Los datos estadísticos registrados por el INEGI en el censo de 2020, revelan que son cinco los municipios que no alcanzan la población mínima para serlo. Se trata de Cosalá, Choix, San Ignacio, Badiraguato y Concordia.
Otro de los requisitos que señala la Constitución de Sinaloa para la existencia política de un municipio es que tenga capacidad para sostener su funcionamiento.
Una evaluación de las finanzas de los municipios realizada por la Auditoría Superior del Estado, revela que el 80 por ciento de las comunas no tienen disponibilidad financiera suficiente para hacerle frente a la totalidad de sus pasivos a corto plazo. Entre estos se encuentran municipios con la menor población.
Cosalá es el municipio con la menor población, con poco más de la mitad de la cantidad que señala la Constitución local como requisito, al contar con apenas 17 mil 012 habitantes.
En la auditoría del 2021, la ASE registró que este municipio tenía insuficiencia de recursos financieros para pagar pasivos de corto plazo por 14.7 millones de pesos.
Durante el 2021, sus ingresos propios, por concepto de impuesto apenas fue de 3.3 millones de pesos, mientras que tan solo por concepto de servicios personales, es decir, sueldos y salarios al personal que labora en el Ayuntamiento, ascendió a 50.6 millones de pesos.
En total en Cosalá por ingresos propios y participaciones federales, los ingresos ascendieron en ese año a 139.7 millones de pesos, mientras los egresos totales para la operación del municipio sumaron 155.7 millones de pesos.
Otro caso es el del municipio de San Ignacio con tan sólo 19 mil 505 habitantes. Por concepto de impuestos tuvo ingresos de 4.5 millones de pesos, cantidad insuficiente para pagar cuentas como el pago de pensiones y jubilaciones que en 2021 fueron de 6.3 millones de pesos.
En total, sus ingresos, sobre todo de participaciones federales, fueron por el orden de los 131.1 millones de pesos, mientras que los egresos por operación del municipio fueron de 132 millones de pesos. Al cierre de diciembre de 2021, la comuna tenía pasivos sin fuente de pago por 8.6 millones de pesos, cantidad que duplica el monto de ingreso por concepto de impuestos anuales de este municipio.
Concordia, por el número de población, sería también candidato a suprimirse como municipio, con 24 mil 899 habitantes. Sus ingresos por impuestos son tan solo de 3.4 millones de pesos, pero lo que paga por concepto de pensiones y jubilaciones es de 14.1 millones de pesos.
En total, el municipio de Concordia tiene ingresos por 128.4 millones de pesos, principalmente por las participaciones federales.
Los gastos por operación del municipio ascendieron a 104.8 millones de pesos, pero arrastró pasivos sin fuente de pago por 8.8 millones de pesos.
En el caso de Badiraguato la población se acerca a la cantidad mínima poblacional que pide la Constitución local para ser un municipio, pero no tiene los suficientes con apenas 26 mil 542 habitantes.
Sus ingresos por impuestos propios son raquíticos, de tan solo 1.6 millones de pesos. En total sus ingresos son de 177 millones de pesos si se cuentan las participaciones federales que recibe. De acuerdo a los estados financieros encontrado por la ASE, sus gastos como municipio sumaron 99 millones de pesos en 2021, pero se tuvieron pasivos sin fuente de pago por 4.8 millones de pesos.
Para el pago de su nómina, el gobierno municipal de Badiraguato debió destinar 46.8 millones de pesos, 19.1 para el pago de materiales y suministros, 17.8 en el pago de servicios generales para la operación.
Por su parte está en el borde de municipios que tendrían la cantidad de habitantes necesarios porque tiene 29 mil 234, según el último censo. En el caso de los municipios serranos como Choix, el paso de los años no necesariamente equivale a contar con mayor población por la alta emigración que se tiene en relación con municipios grandes.
Su ingreso total de impuestos, así como de participaciones federales es de 163 millones de pesos y sus gastos son de 110 millones de pesos; y registró pasivos a corto plazo por 10 millones de pesos.
El diputado presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, Ambrocio Chávez Chávez, asegura que el tema de suprimir municipios no ha sido planteado, quizás porque esas poblaciones ya están empoderadas al lograr ese status, aunque no descarta que puede realizarse al no cubrir el requisito legal.
El legislador propone que una salida para reducir los costos en estos municipios chicos sería operar con menor estructura, no como los grandes, porque no pueden mantenerse por sí solos porque no tienen para obras, o apenas para la nómina.
El integrante de la bancada de Morena propone que una solución para la precariedad económica que viven el 80 por ciento de los municipios, sería el modificar la estructura fiscal a nivel federal, a fin de que los gobiernos municipales tuvieran un mejor ingreso.
Indica que, de los ingresos por impuestos, el 80 por ciento va a la federación, el 16 por ciento a los estados, de los cuales se destina apenas un 4 por ciento a municipios; en cambio propone que el 70 por ciento sea para la federación, el 20 por ciento a los estados, y a los municipios el 10 por ciento… para lo cual se requerirá un movimiento nacional.
Cuando en 2021 el Congreso del Estado aprobó la creación de dos nuevos municipios, Eldorado y Juan José Ríos, los integrantes de esa Legislatura debieron crear lineamientos mínimos para realizar el procedimiento para municipalización para cubrir un vacío legal, ya que no existían detalles sobre el procedimiento a seguir.
En el caso de la supresión de municipios hay también un vacío legal para el procedimiento, aunque la Constitución señala la facultad del Congreso para hacerlo en caso de que no se reúnan algunos requisitos como el número de población y la subsistencia para proveer su funcionamiento.
Artículo publicado el 05 de marzo de 2023 en la edición 1049 del semanario Ríodoce.