Niega juez expedir órdenes de aprehensión contra 31 científicos y exfuncionarios del Conacyt

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Un juez federal negó de manera definitiva expedir una orden de aprehensión en contra de científicos y varios exfuncionarios del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), a quienes la Fiscalía General de la República (FGR) busca imputar.

La FGR impulsó una acción penal contra 31 personas por supuestos malos manejos, derivada de una denuncia interpuesta por María Elena Álvarez-Buylla, actual titular del Consejo.

“La FGR puede impugnar la resolución del día de hoy ante un tribunal colegiado. Los 31 académicos imputados por la FGR están en proceso de ser notificados de la sentencia”, menciona en su resolución el juez adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en Almoloya, informó Reporte Índigo.

La Fiscalía acusa a estas 31 personas, científicos y exfuncionarios de Conacyt, por los delitos de peculado, uso ilícito de atribuciones y facultades, lavado de dinero y delincuencia organizada, después de que presuntamente integrantes del Foro Consultivo recibieron ilegalmente 50 millones de pesos por parte del Consejo en el sexenio de Enrique Peña Nieto.

En la causa penal 299/2021, el 24 de agosto pasado, la FGR solicitó a un juez de Control en el Centro de Justicia Penal Federal de El Altiplano, las órdenes de captura.

Sin embargo, el juez las negó inicialmente por “considerar que la fiscalía no presentó elementos suficientes para llamarlos a juicio a través de una orden de captura”.

Según varios de los acusados, el juez dio a la FGR 15 días para subsanar deficiencias en la acusación.

Sin embargo, el juez se negó a conceder la orden de aprehensión contra exfuncionarios de Conacyt, debido a que “se estableció que los recursos económicos que recibió el Foro Consultivo Científico y Tecnológico, Asociación Civil, por parte del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, por conducto de quienes durante 2013 y hasta parte de 2019, tenían cargos directivos en éste, con facultades para administrar recursos, se realizó al amparo del contenido de los artículos 38 de la Ley de Ciencia y Tecnología, vigente en la época de los hechos”.

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