Modifica Conapesca volúmenes de captura de atún en el Pacífico y anuncia veda de almeja por dos años

Modifica Conapesca volúmenes de captura de atún en el Pacífico y anuncia veda de almeja por dos años

La  Comisión Nacional de Pesca y Acuacultura (Conapesca) modificó los artículos Primero y Segundo del acuerdo por el que se establece el volumen de captura permisible para el aprovechamiento de atún aleta azul en el Océano Pacífico y en aguas marinas que se encuentran en el área de regulación de la Comisión Interamericana del Atún Tropical.

La diposición entra en vigo a partir de hoy, según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) establece un volumen permisible de captura total para la pesca de atún aleta azul de 3 mil 268 toneladas para el año 2020.

Las disposiciones en el año 2020 para las embarcaciones de bandera mexicana que operan al amparo de un permiso o concesión de pesca comercial, dedicadas al aprovechamiento de atún aleta azul

También a partir de hoy entra en vigor la veda temporal para la captura de almeja chocolata en el sistema lagunar Altata-Ensenada del Pabellón, en los municipios de Navolato y Culiacán, Sinaloa.

La Conapesca, con base en las opiniones técnicas del Instituto Nacional de Pesca (Inapesca),  establece veda temporal por un periodo de dos años, contados a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, para el aprovechamiento de almeja chocolata existente en el sistema lagunar mencionado.

Las disposiciones del acuerdo son obligatorias para los permisionarios, concesionarios, capitanes y/o patrones de pesca, motoristas, operadores, técnicos, pescadores, tripulantes y demás sujetos que realizan actividades de pesca en aguas marinas de jurisdicción federal.

En la publicación se advierte  que las personas que incumplan con el acuerdo, serán sancionadas.

La publicación en el DOF dispone que, las personas que en la fecha de inicio de la veda temporal  mantengan en existencia de almeja chocolata  proveniente de la pesca, en estado fresco, enhielado, congelado, cocido, seco o en cualquier otra forma de conservación, deberán formular inventario conforme al formato Conapesca-01-069, Inventario de Existencias de Especies en Veda, para su comercialización al mayoreo o industrialización; para su presentación a la Secretaría a través de las Oficinas de la Conapesca, en un plazo de tres días hábiles contados a partir de inicio de la veda.

Para transportar desde las zonas donde se establece la veda temporal de almeja chocolata en estado fresco, enhielado, congelado, cocido, seco o en cualquier otra forma de conservación, los interesados deberán contar con la Guía de Pesca debidamente firmada y sellada, emitida por las oficinas de la Conapesca, previamente a su transportación.

 

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