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Espectacular en parque
  Espectacular junto al río.
espectaculares 1
    PROPAGANDA OFICIAL. En hilera de espectaculares.

 

 

Violaciones al reglamento de anuncios del municipio de Culiacán son frecuentes incluso en sus propios espectaculares

 

 

Con 416 anuncios espectaculares autosoportados instalados en el municipio de Culiacán, las faltas al reglamento de construcción e instalación de los mismos, incluso por el Ayuntamiento, son constantes en zonas de alta densidad poblacional.

A cargo de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología del municipio, las disposiciones del reglamento buscan normar la colocación, instalación, conservación, ubicación, emisión, distribución, características y requisitos de los anuncios expuestos al público.

Vialidades importantes del primer cuadro presentan violaciones elementales al reglamento que consta de 81 artículos, dividido en 12 capítulos y que tuvo su última reforma en 2010.

En el padrón de anuncios de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología, Ríodoce consultó los que, según el artículo 18 del reglamento, son publicitarios o de propaganda (aquellos que se refieren a marcas, productos, eventos, servicios o actividades análogas, para promover su venta, uso o consumo).

En el capítulo 12 del reglamento (de las prohibiciones) en la fracción ocho del artículo 70, el Ayuntamiento de Culiacán lleva a cabo una de las violaciones más frecuentes al listado de normas que prohíben la colocación, emisión, fijación o uso de anuncios en zonas federales, junto a los ríos, derechos de vía en carreteras y autopistas.

El Ayuntamiento posee un espectacular de piso por el Paseo Niños Héroes (Malecón Viejo), esquina con Xicoténcatl. Como referencia, en el padrón de anuncios del Ayuntamiento aparece la indicación “a un costado del río”.

Y es en esa fracción donde las violaciones se vuelven frecuentes, ya que además de existir ocho anuncios junto a los ríos, también hay tres a un costado de vías del ferrocarril.

En el artículo 41 se explican los requisitos que los anuncios autosoportados deben cumplir, y en las fracciones cinco y seis, las violaciones a las normas son claras.

La fracción V, dice:

“Cuando se trate de anuncios del tipo unipolar o bipolares, solamente se permitirá su colocación a una distancia mínima de 100 metros entre uno y otro similar”. Sobre el bulevar José Limón, en el puente Almada, además de violar al reglamento al colindar con zonas federales, existe un “corredor” de espectaculares de este tipo.

Otro sitio con una evidente falta al reglamento de anuncios se encuentra en la colonia Recursos Hidráulicos, a un costado de las vías de ferrocarril, cerca de las oficinas de Protección Civil Estatal.

Ahí se encuentran seis espectaculares de piso colocados prácticamente en hilera; la fracción VI del reglamento prohíbe la densidad de más de cinco anuncios por cada 100 metros sobre las vialidades.

Por otra parte, en el mismo artículo pero en las fracciones siete y ocho, el reglamento habla de que la colocación de anuncios no deberá invadir predios vecinos y tampoco podrán ser colocados en áreas habitacionales o residenciales, respectivamente.

Sin embargo, en la colonia Recursos Hidráulicos, justo frente al Congreso del Estado, existen dos anuncios que nacen en el interior de casas habitación, lo que está prohibido.

Fuera de control

Con la campaña institucional “Al 100 x Culiacán”, el tema de los espectaculares comenzó a tomar una dimensión diferente, al grado que el municipio se promueve en diversos anuncios, 11 para ser exacto.

En el padrón consultado por Ríodoce, los 11 anuncios en que se promueve el Ayuntamiento de Culiacán no aparece el nombre de la empresa que provee los servicios de publicidad. Hasta el cierre del mes de junio, la actual administración ha gastado 25 millones 615 mil 257 pesos en servicios de comunicación social y publicidad.

Los anuncios propiedad del Ayuntamiento se encuentran tres en la colonia Centro, uno en la colonia Guadalupe, otro en Los Pinos, y uno más en la Miguel Alemán, en el primer cuadro de la ciudad. Los otros están repartidos en las colonias Buenos Aires, Emiliano Zapata, Infonavit Humaya y los fraccionamientos Prados del Sur y Tres Ríos.

El monto gastado en ellos sigue sin ser revelado, y en las cifras consultadas en el portal de transparencia del Ayuntamiento, solamente aparecen conceptos de “difusión social” a distintas empresas de publicidad y medios de comunicación, sin especificar el servicio recibido.

Además, la presencia del “Morrín” obliga a buscar más a fondo en el reglamento, ya que según la fracción siete del artículo 70, la figura que promueve la actual administración podría estar violando la normatividad de anuncios.

El artículo 70 explica las prohibiciones en la colocación, emisión, fijación o uso de anuncios. La fracción VII dice: “En las banquetas, camellones, glorietas, guarniciones, kioscos, bancas, árboles y en general todos aquellos elementos de utilidad y ornato que se usen en los casos mencionados en la fracción anterior”.

 

TIPOS DE ANUNCIO

El reglamento de anuncios ampara cinco tipos de anuncios: adosados, colgantes, autosoportados (de bandera, de paleta, espectacular de piso, espectacular unipolar, de azotea, portados, pintados e integrados), móviles y especiales.

 

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