Un juzgado federal multó con 26 mil pesos y advirtió de la posible separación del cargo a una jueza local por negarse a resolver si, Adán Augusto Salazar Gastelum, el juez que vinculó a proceso a exalcaldes y al rector de la UAS, cumplía con los requisitos para ser juez.
La decisión del juzgado federal fue derivada de un amparo promovido por el exalcalde de Culiacán, Jesús Estrada Ferreiro, en el que señala que cuando fue vinculado a proceso penal por discriminación a las viudas de policías y la contratación irregular del arrendamiento de camiones recolectores de basura, Salazar Gastélum, constitucionalmente, estaba impedido para ser juez porque fue secretario de organización y ministro de culto en una asociación religiosa.
Salazar Gastélum, actualmente es magistrado del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y, cuando fue juez, fue quien vinculó a proceso a Estrada Ferreiro, al exalcalde de Mazatlán, Luis Guillermo Benítez Torres; al rector de la UAS, Jesús Madueña Molina; al exrector, Juan Eulogio Guerra Liera; y a los exintegrantes del Comité de Adquisiciones de la Universidad.
En febrero pasado, la justicia federal ordenó por cuarta ocasión a la jueza Graciela Adriana Peraza García que resolviera si Salazar Gastélum estaba impedido para ser juez, y la jueza celebró una audiencia para cumplir con la sentencia, pero el juzgado de distrito la dio por no cumplida.
“La autoridad responsable no ha dado total cumplimiento al fallo protector dictado en el presente juicio, de ahí que no se pueda tener por cumplido, puesto que la motivación expuesta por la autoridad responsable para justificar cada uno de los efectos de la concesión del amparo es ambigua y carente de silogismo jurídico”, resolvió ayer el juzgado segundo de distrito.
Señala que la jueza “no determina si con los medios aportados por la persona imputada se advierte que Adán Alberto Salazar Gastélum fue o no ministro de culto y, de serlo, si al momento en que intervino en la causa penal cumplía con los requisitos establecidos en las leyes para fungir como juez de control”.
Menciona que, dado que es la cuarta ocasión en que la jueza es omisa en cumplir con la sentencia del juicio de amparo al emitir resoluciones con evasivas, aun y cuando ya se le dieron los lineamientos que debe seguir para su cumplimiento, le impone una multa de 230 UMA, equivalentes a 26 mil 981 pesos.
El juzgado ordenó a la jueza que en un plazo de cinco días hábiles determine si Salazar Gastélum fue o no ministro de culto y si cumplía con los requisitos que para ese nombramiento establece la Constitución.
Al presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, Jesús Iván Chávez Rangel, le requiere que en un plazo de tres días hábiles, ordene a la jueza dar cumplimiento a la sentencia.
La resolución del juzgado segundo señala que remitirá el expediente al Tribunal Colegiado de Circuito o a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según el caso, para el trámite de inejecución que puede culminar con la separación del cargo y la consignación de la jueza.







