La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF), rechazó anular la elección de ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ya que a su parecer no existe ninguna prueba sobre el uso de los llamados acordeones en la elección judicial.
Los magistrados Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Fuentes Barrera, así como la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto Fregoso, acusaron que los proyectos de sentencia con los que se pretendía anular la elección de ministros y ministras estaban basados en conjeturas, pruebas laxas y posiciones ideológicas en contra de la reforma judicial.
El magistrado Reyes Rodríguez abrió el debate al señalar que los acordeones utilizados en la elección judicial equivalían a “guías ilícitas” y materiales prohibidos que influyeron de forma determinante en los resultados de la elección judicial, debido a que hubo una coincidencia de hasta un 78% en las candidaturas ganadoras de ministras y ministras de la elección judicial con dichos acordeones.
Agregó que los acordeones violaron el concepto de integridad electoral, la prohibición de financiamiento público y privado a las candidaturas de la elección judicial, la prohibición de hacer promoción conjunta entre diferentes candidatos y candidatas, así como por la violación a la veda electoral por el reparto de estos materiales horas antes y durante el día de la votación.
Soto Fragoso, acusó que se pretendía invalidar una elección con estadísticas complejas por la falta de pruebas plenas y contundentes, además de denunciar que se pretendía “tirar la elección judicial” por la oposición a una reforma que no fue del agrado de los integrantes del Poder Judicial de la Federación.








