El Congreso del Estado de Sinaloa presentó una reforma que busca tipificar y sancionar el uso de drones y vehículos terrestres controlados de forma remota cuando sean utilizados con fines delictivos.
Durante la celebración de una Sesión Ordinaria en el Salón del Pleno del Congreso del Estado, este martes 3 de junio, Erika Rubí Martínez Rodríguez, perteneciente al Grupo Parlamentario de Morena, presentó la iniciativa de reforma.
Dicha reforma plantea adicionar una nueva fracción al artículo 129 del Código Penal del Estado, con el objetivo de tipificar como agravante el uso de drones durante la comisión de un delito, tales como homicidio o lesiones. En caso de utilizar estos dispositivos para causar daño o atentar contra la vida, las penas podrían incrementarse.
La penalidad podría ir de 22 a 50 años de prisión para quien utilice drones o vehículos similares con el propósito de vigilar a personas con fines de agresión, lanzar explosivos o sustancias químicas, o impactar bienes o personas, siempre que el delito no sea competencia federal.
Se sancionará la toma de fotografías o video, de forma física o mediante el uso de estos dispositivos, cuando el material obtenido esté destinado al espionaje o al acecho de actividades de personas civiles o servidores públicos.
Finalmente, se considerará delito el lanzamiento de objetos, artefactos explosivos, armas o sustancias químicas que tengan como resultado el daño a propiedades o personas.







