Valida la SCJN diversos artículos de la Ley de Hidrocarburos de 2021

Valida la SCJN diversos artículos de la Ley de Hidrocarburos de 2021

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó diversos artículos de la Ley de Hidrocarburos, los cuales otorgan y revocan permisos para la refinación, exportación, importación, transporte, almacenamiento, distribución, comercialización y expendio al público de hidrocarburos.

Los artículos 51, fracción III; 53, párrafo segundo; 57 y 59 Bis, de la Ley de Hidrocarburos, así como Cuarto y Sexto transitorios, del Decreto publicado el 4 de mayo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la cual permitía al gobierno federal y a la Secretaría de Energía (Sener) “la ocupación temporal, la intervención y la suspensión” de cualquier permiso otorgado a particulares para el tratamiento, refinación, transporte, comercialización, almacenamiento, exportación e importación de productos petrolíferos.

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En el gobierno del expresidente Enrique Peña Nieto se entregaron más de mil permisos de importación de combustible (gasolina y diesel), a personas que ni siquiera se dedicaban a esta actividad, recordó en mayo de 2021, López Obrador.

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