Aprueba Cámara de Diputados la Ley de Hidrocarburos

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La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en los particular el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos, durante una sesión que concluyó esta madrugada.

En lo general se aprobó luego de tres horas de debate con 292 votos a favor, 153 en contra y 11 abstenciones y en lo particular, después de casi nueve horas de discusión, con 271 sufragios avalando los cambios, 134 de rechazo y 8 abstenciones.

Ninguna de las reservas fue aceptada por el bloque mayoritario conformado por las bancadas de Morena, PT y PES; los legisladores del PVEM se mantuvieron al margen.

El documento, remitido al Senado para sus efectos constitucionales, deriva de una iniciativa que el Presidente Andrés Manuel López Obrador envió a la Cámara de Diputados el pasado 26 de marzo.

Con lo aprobado por la Cámara de Diputados-en una sesión que inició a la 14:00 horas y tras poco más de 12 horas de trabajo continuo–, se actualiza y regula en la ley, el almacenamiento mínimo de petrolíferos, la negativa ficta en el procedimiento de trámite de los permisos, revocación de permisos en caso de reincidencia en el incumplimiento de diversas disposiciones aplicables en materia de hidrocarburos y petrolíferos.

También, robustece el marco jurídico en materia de contrabando de combustibles, y suspensión de permisos por peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional.

Se busca que los solicitantes de permisos demuestren, cuando así sea requerido por otra disposición jurídica, la capacidad de almacenamiento legalmente establecida; evita que por el simple transcurso del tiempo se ceda un permiso para llevar a cabo las actividades del sector energético a algún agente que pudiera no estar calificado para ello o tener algún impedimento jurídico, lo que a la postre pudiera poner en riesgo la seguridad nacional y seguridad energética.

Incluye como causal de revocación de permisos emitidos por la Secretaría de Energía (Sener) o la Comisión Reguladora de Energía (CRE), la comisión del delito de contrabando de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, y que haya sido así determinado por resolución firme de autoridad competente, salvaguardado de este modo los derechos del debido proceso.

Incorpora la posibilidad de que la Sener o la CRE puedan llevar a cabo la suspensión de los permisos que emitieron, a fin de garantizar los intereses de la nación y dejar a salvo los derechos de terceros. Establece la revocación del permiso a los permisionarios que alteren la cantidad, calidad y medición de hidrocarburos y petrolíferos, así como a aquellos que modifiquen sistemas, ductos o instalaciones sin autorización.

Con información de Apro.

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