La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) informó que el próximo 14 de julio entrará en vigor la reclasificación del tramadol como medicamento controlado en la Fracción III del artículo 245 de la Ley General de Salud.
La dispensación requerirá receta médica simple (no especial) emitida por cualquier médico con cédula profesional
“Farmacias, distribuidores, almacenes, fabricantes e importadores deberán cumplir nuevas obligaciones para garantizar la trazabilidad y el control sanitario del medicamento”, dice Cofepris.
Esta medida se implementó con un enfoque preventivo ante el consumo inadecuado de este medicamento opioide, debido a su potencial de dependencia.
Señala que también es con el fin de garantizar el acceso a quienes lo necesitan, el fármaco continuará disponible para los pacientes que así lo requieran para el manejo del dolor.
El personal de las farmacias deberá sellar las recetas e indicar la fecha y la cantidad surtida. De igual forma, deberá registrar de manera inmediata cada operación en los libros de control correspondientes.
Cabe señalar que existen diversas alternativas para el tratamiento del dolor leve a moderado, como los antiinflamatorios no esteroideos (AINE) entre los que se encuentran el ibuprofeno, naproxeno y diclofenaco, así como el paracetamol.
#Cofepris informa: El 14 de julio entra en vigor la reclasificación del tramadol en la Fracción III de la Ley General de Salud. La medida busca prevenir su consumo inadecuado, garantizando el acceso seguro con receta médica simple.
Conoce las nuevas obligaciones de control… pic.twitter.com/DLvivviQE0
— COFEPRIS (@COFEPRIS) July 3, 2026



