En los últimos dos meses no se ha detenido a ningún puntero en el estado
Con la reforma al delito de halconeo en Sinaloa las corporaciones policiales iniciaron una “cacería” de punteros en la que detuvieron a seis presuntos halcones en los primeros meses, pero después se frenó y ya no han vuelto a detener.
En abril el Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Penal del Estado de Sinaloa que modificó el delito de figuras constitutivas de delitos contra las actividades de las instituciones de seguridad pública y del estado, conocido como halconeo.
Tras la reforma en mayo detuvieron a dos presuntos halcones, en junio a dos, en julio a tres y en agosto a uno, pero entre septiembre y octubre ya no hubo detenidos.
La reforma fue aprobada por el Congreso el 22 de abril y publicada en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa por el gobernador Rubén Rocha Moya al día siguiente y entró en vigor a partir del 24 de abril.
A partir de la entrada en vigor las corporaciones policiales iniciaron una “cacería” de halcones que solo duró cuatro meses.
El primer detenido después de la reforma fue Juan Alfredo, tras haber sido sorprendido persiguiendo a elementos de la Guardia Nacional en el Centro de Guamúchil, en Salvador Alvarado.
De acuerdo con la Fiscalía General del Estado los elementos de la Guardia Nacional realizaban patrullajes de rutina cuando observaron que presuntamente Juan Alfredo los seguía en una motocicleta, mientras hablaba por radio.
Los agentes intentaron interceptarlo y aceleró la marcha para escapar, pero metros adelante fue detenido en posesión de un radio y una cubeta con ponchallantas.
En Culiacán la primera detención en la hipótesis de perseguir, incluida en el Código con la reforma de abril, fue José Oniel, capturado el 25 de mayo en el fraccionamiento Valle Alto.
Según la Fiscalía la detención fue igual que con Juan Alfredo, José Oniel presuntamente perseguía a agentes de seguridad en una motocicleta sin placas mientras hablaba por radio y al notar que los elementos se habían percatado de su presencia intentó darse a la fuga, pero fue detenido.
José Oniel será el primer halcón sentenciado con las modificaciones al Código Penal del Estado con la hipótesis de perseguir.
La semana pasada tenía programada una audiencia intermedia en la que la FGE daría a conocer las pruebas que había obtenido para presentarlas en el juicio oral, pero los fiscales ofrecieron un procedimiento abreviado.
El ministerio público ofreció que reciba la pena mínima de cuatro años seis meses y una multa de 133 mil pesos a cambio de que acepte su responsabilidad y con ello evitar un juicio con el que puede alcanzar una sentencia de hasta 15 años de prisión.
La abogada de José Oniel dijo que lo consultará con el imputado para que decida si acepta admitir la responsabilidad a cambio de esa pena, debido a que José no se encontraba en la sala de audiencias porque autoridades del penal de Aguaruto no lo excarcelaron para que se presentara ante la jueza.
Tras la modificación al Código Penal, la mayoría de las detenciones de supuestos punteros fue en Culiacán, donde hay cuatro detenidos y el resto son en Salvador Alvarado, Ahome y Mazatlán, con uno en cada municipio.
Antes de que se reformara el Código las corporaciones policiales solo habían detenido a siete personas por halconeo en 12 años.
El delito para sancionar a los punteros existe en el Código Penal desde 2013 durante el gobierno de Mario López Valdez; y además del halconeo incluye la colocación, transporte y elaboración de narcomantas, y fue tipificado después de que en varios puntos del estado aparecieron lonas con mensajes en los que acusaban a Malova de proteger al Cártel de Sinaloa.
En abril pasado los diputados locales reformaron el artículo que establecía que comete el delito quien “aceche, vigile, espíe o proporcione información, por cualquier medio de comunicación, sobre las actividades oficiales o personales que realicen o pretendan realizar los servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública” y añadieron que también lo comete quien persiga.
Además, incluyeron que la pena aumentará hasta en una mitad más a quien, para la comisión del delito, utilice, induzca u obligue a menores de edad, personas adultas mayores o que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o resistirlo.
El dictamen de la Comisión de Justicia del Congreso para reformar el Código reconoce que después de tipificado el delito en 2013, la conducta se seguía cometiendo e incluso había evolucionado.
“A más de una década de su incorporación, se ha observado que esta práctica ilegal continúa vigente, e incluso ha evolucionado con el uso de nuevas tecnologías de comunicación. Un claro ejemplo de esta evolución es la instalación irregular de equipos de videovigilancia en sitios o estructuras públicas para monitorear las acciones de las fuerzas de seguridad.
Menciona que cada vez más se utilizaba a menores de edad o personas en estado de vulnerabilidad para estas actividades, pero hasta la fecha ningún menor ha sido detenido por halconeo.
Artículo publicado el 02 de noviembre de 2025 en la edición 1188 del semanario Ríodoce.







