Con 311 votos a favor, 131 sufragios en contra y 17 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó en lo general y en lo particular la iniciativa de Ley General de Operación de los Registros Civiles, que permitiría a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) la recolección y administración de los datos biométricos de los ciudadanos.
La iniciativa se aprobó con los votos a favor de los partidos Morena, Verde Ecologista Mexicano (PVEM) y Revolucionario Institucional (PRI), mientras que los sufragios en contra fueron emitidos por los grupos legislativos de Acción Nacional (PAN) y Movimiento Ciudadano (MC). Asimismo, las abstenciones fueron de la Revolución Democrática (PRD).
La Ley, establece el uso de un formato único en materia de registro de población, mediante datos personales sensibles, incluyendo datos biométricos.
Con la nueva Ley, se creará el Consejo Nacional del Registro Civil como el órgano de coordinación interinstitucional para la armonización y homologación de la organización, el funcionamiento y los procedimientos de los Registros Civiles; así como el Sistema Nacional de Registro e Identidad (SID), donde se inscribirán las actas de nacimiento y defunción, las de matrimonio o divorcio, y actos jurídicos como la adopción.
Los datos de identidad de la o las personas inscritas son: nombre o nombres; apellido o apellidos, según corresponda; sexo y género; lugar y fecha de nacimiento; nacionalidad o nacionalidades; Clave Única de Registro de Población (CURP); y datos biométricos.
De acuerdo con el Gobierno federal, con esta Ley General de Operación de los Registros Civiles se armonizan las facultades de los tres órdenes de Gobierno, se determinan por primera vez los principios registrales que serán la base de actuación de las y los oficiales del Registro Civil, y se establece un mandato legal para que los Registros Civiles garanticen a todas las personas, lo que incluye, a aquellos individuos que padecen alguna discapacidad.
El dictamen “fija las normas, bases y principios que armonicen y homologuen la organización, funcionamiento y procedimientos de los Registros Civiles en el territorio nacional y en el exterior conforme a la legislación federal que corresponda y por cuanto hace a las funciones que en esta materia realizan las oficinas consulares de México”.