El turbio contrato de las patrullas en Ahome

El turbio contrato de las patrullas en Ahome

Los accionistas de la empresa Grinleasing SAPI de CV han sido señalados de adjudicaciones irregulares en otros estados

El 31 de octubre de 2021, Gerardo Vargas Landeros rindió protesta como Alcalde de Ahome. Cuarenta días después adjudicó un contrato por 171 millones 451 mil 932 pesos para el arrendamiento de 126 unidades para la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal a Grinleasing SAPI de CV. La empresa no tiene registros de otras operaciones y uno de sus accionistas ha estado involucrado en contratos irregulares en otros estados.

Grinleasing SAPI de CV fue creada en abril de 2020 en la Ciudad de México, y sus accionistas son Diego Gaspar Villarias y Raúl Antonio Hernández Mendoza. Ambos son socios en dos empresas más: K-Partners, SAPI. DE C.V, creada en marzo de 2019 y Sowcare, SAPI DE C.V., fundada en abril de 2020. Gaspar Villarias fue también representante de Grupo Turbofin, SAPI de CV.

K-Partners, SAPI. DE C.V fue favorecida en 2019 por el Ayuntamiento de Guasave con la adjudicación directa de un contrato por 3 millones 146 mil pesos mensuales, con duración de ocho meses, por el arrendamiento de cinco camiones recolectores y compactadores de basura.

Regidores denunciaron entonces que la contratación se realizó vía “fastrack” y de forma irregular porque debió licitarse, y posteriormente la Auditoría Superior del Estado (ASE) evidenció que en la revisión de la cuenta pública de ese año, encontró presuntas irregularidades en el procedimiento.

En el dictamen de la fiscalización, la ASE señala que el contrato de arrendamiento se celebró el 30 de abril de 2019, pero que hay otro igual con fecha del 9 de mayo con la misma empresa, por lo que se desconoce cuál corresponde a la operación referida.

En la revisión se encontró que K-Partners arrendó los camiones recolectores que entregó al Ayuntamiento a la empresa Casanova Vallejo, S.A. de C.V., el 2 de mayo de 2019, y que las cinco facturas fechadas el 3 de mayo de 2019 expedidas por dicho servicio están a nombre de la persona moral Camiones, Repuestos y Accesorios, S.A. de C.V., con la misma descripción. Es decir que K-Partners todavía no era dueño de los camiones que arrendaría al municipio, cuando firmó el contrato.

La ASE refirió dicha irregularidad, además que el monto que pagaría el municipio de Guasave, de mínimo 17 millones 455 mil 377.95 pesos y máximo 69 millones 821 mil 511.79 pesos, debió obligar a una licitación pública y no a una adjudicación directa.

La Auditoría también expuso que no se realizó un estudio de mercad para poder considerar las mejores ofertas económicas y asegurar las más convenientes condiciones de mercado en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias, en perjuicio del servicio público.

Grupo Turbofin, SAPI de CV, de la que Diego Gaspar Villarias fue representante legal, también fue señalada en diversos estados por adjudicaciones irregulares.

En 2017, el Ayuntamiento de Tijuana le adjudicó a dicha empresa un contrato por cerca de 80 millones de pesos por el arrendamiento de 40 camiones recolectores de basura y 12 tractocamiones.

Y en 2020, la Secretaría de Seguridad Pública del mismo municipio firmó un contrato directo con Grupo Turbofin por 36 millones 920 mil 477.68 pesos para adquirir, mediante arrendamiento por un periodo de 46 meses, cuatro camionetas tipo SUV blindadas.

Las denuncias por la compra irregular en Tijuana fueron denunciadas a nivel local, pero también nacional, hasta llegar al Senado y a la Fiscalía de Baja California, pero luego se olvidó.

En 2020 también se difundió en medios que Liconsa favoreció a Grupo Turbofin para que obtuviera una licitación para el equipamiento de laboratorios de 83 centros de acopio de la institución con espectrofotómetros de infrarrojo medio o FTIR que se usan para el análisis de la leche que se compra a los productores.

La investigación reveló que la empresa facturó 12 equipos que la institución ya había adquirido en 2019 y además vendió los equipos al gobierno federal a un sobreprecio de al menos el doble de lo que se habían comprado en aquel año.

La Secretaría de la Función Pública efectuó una investigación, pero sólo sobre las acusaciones de favorecer a la empresa en la licitación, lo que al final la dependencia federal determinó que se realizó de acuerdo con las normas.

Grupo Turbofin también fue proveedor en el gobierno de Zacatecas, Morelos, Quintana Roo y Yucatán, y dependencias federales. En todos los casos los contratos de arrendamiento obtenidos fueron por adjudicación directa.

Turbofin, al igual que Grinleasing SAPI de CV, se especializaba en el arrendamiento de vehículos y otros artículos, y tampoco contaba con una página en internet.

Actualmente dicha empresa no se encuentra registrada en el Registro Público del Comercio, pero diversas notas periodísticas señalan que en ese tiempo tenía su domicilio fiscal en la calle Edgar Allan Poe número 235 interior 5 de la colonia Polanco, en la Ciudad de México, pero en el inmueble sólo había viviendas departamentales.

El contrato presuroso

En Ahome, el contrato para el arrendamiento con recursos propios de las 126 unidades que serían habilitadas como patrullas, y que generaron polémica debido a que fueron pintadas de los colores de Morena, se concretó en un mes.

De acuerdo al acta del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Enajenaciones de Bienes Muebles del Municipio de Ahome, publicada por el Consejo Ciudadano de Vigilancia y Transparencia de Ahome, 10 días después de que Vargas Landeros jurara como presidente municipal, el secretario de Seguridad Pública, Julio César Romanillo, envió un oficio para solicitar a la tesorería la compra de 65 camionetas pick up, 15 autos tipo sedán, 40 motocicletas y seis cuatrimotos para que fueran utilizadas como patrullas.

La solicitud se hizo bajo el argumento de que el parque vehicular estaba “viejo” y que por sus “condiciones físicas y mecánicas, resultan inoperantes”.

Y agrega que “el 70 por ciento de la totalidad de los vehículos se encuentra en condiciones deplorables, siendo incosteable o sumamente onerosa la reparación y mantenimiento de los mismos”.

Ante la urgencia de la compra para atender el aumento de la “incidencia delictiva” con motivo de las fiestas decembrinas, Romanillo pidió realizar la contratación “mediante el procedimiento de excepción a la licitación de los Servicios de Arrendamiento puro de los vehículos”.

En el oficio de petición, incluso el secretario de Seguridad establece el plazo en que debía estar vigente el contrato de arrendamiento, del 1 de diciembre de 2021 al 31 de octubre del 2024, es decir durante todo el trienio.

Dos días después, el 12 de noviembre el alcalde Gerardo Vargas validó la petición y envió un oficio de solicitud al tesorero Antonio Humberto Vega Arellano.

“Por este conducto solicito a usted solicito proveer lo conducente para contratar de manera urgente los servicios de arrendamiento…”

El 29 de noviembre, Vega Arellano secundó la petición al titular del Órgano Interno de Control, Fausto Rubén Ibarra Celis, para que validara la información.

En el oficio de la sesión del 9 de diciembre, Ibarra Celis confirmó al Comité de Adquisiciones la información sobre el estado de las patrullas actuales dado por Romanillo y Vargas Landeros.

Se acordó que por la urgencia de adquirir las unidades, no se realizaría licitación, y en su lugar el Comité de Adquisiciones hizo un estudio de mercado, y se solicitaron propuestas técnicas y económicas a cuatro empresas dedicadas al arrendamiento puro de vehículos.

Las empresas que fueron invitadas fueron Grinleasing SAPI de CV, Credileal, SAPI de CV, A2DHT Health de México SA DE CV y Comercializadora y Especialidades SEA SA de CV.

El Comité de Adquisiciones sesionó el 9 de diciembre, y presentó las propuestas de las cuatro empresas.

Grinleasing SAPI de CV postuló una oferta de 163 millones 453 mil 732.40; Credileal, SAPI de CV, una de 178 millones 924 mil 809 pesos; A2DHT Health de México SA DE CV otra por 175 millones 366 mil 795.45, mientras que Comercializadora y Especialidades SEA SA de CV, declaró no contar con las unidades requeridas.

El tesorero determinó que la propuesta más barata y viable era la de Grinleasing, aún cuando dicha empresa no tenía registros previos de servicios similares y ni siquiera cuenta con una página en Internet.

“Considerando la urgencia que el Ayuntamiento de Ahome tiene de disponer en arrendamiento puro de estos bienes, la propuesta más económica referida en el cuadro antes mencionado, es también la que ofrece tiempos de entrega acordes a las necesidades del municipio”.

Vega Arellano propuso adjudicar en forma directa el servicio, con fundamento en los casos de excepción de la licitación que prevén las fracciones IV (su contratación mediante licitación pública ponga en riesgo la seguridad pública); y VIII (existan razones justificadas para la adquisición o arrendamiento de bienes de marca determinada o la contratación de servicios de proveedor determinado), del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles para el Estado de Sinaloa.

Además se justificó el procedimiento en las fracciones II (Se trate de adquisiciones de urgencia), V (peligre o se altere el orden social… la seguridad, por fenómenos naturales) y XVIII, del artículo 20 (se trate de adquisición de armamento, bienes, servicios y equipamiento destinados exclusivamente al sistema de seguridad pública), del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Enajenación de Bienes Muebles del Municipio de Ahome.

Se decidió que la mejor oferta presentada fue la de Grinleasing SAPI, de CV, y se fijó un pago por adelantado de 7 millones 998 mil 200 pesos.

En el contrato de arrendamiento se señala que el municipio de Ahome podrá adquirir los vehículos arrendados al valor residual de las unidades de un 5 por ciento, 60 días antes de que concluya el plazo del contrato, y en caso de no adquirirlos se obliga a devolverlos al arrendador en las mismas condiciones en los que los recibió, “con el solo deterioro causado por el uso normal y por el paso del tiempo”.

Se establece una cláusula de confidencialidad para que ninguna de las partes difunda la información del contrato y del proceso.

Artículo publicado el 29 de mayo de 2022 en la edición 1009 del semanario Ríodoce.

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