Ríos Estavillo y su ‘proyecto de vida’

RÍOS ESTAVILLO.
Malabares con la Ley.

La pretensión del Fiscal: jubilación vitalicia

En la Fiscalía General de Justicia de Sinaloa no niegan ni confirman la existencia del documento donde el titular solicita la jubilación anticipada. Tampoco cuál es la ruta legal de la petición, donde Juan José Ríos Estavillo argumenta la pretensión de alcanzar una jubilación vitalicia por sus años de servicio público sumados en dos instituciones que son organismos autónomos: la Comisión Estatal de Derechos Humanos y la Fiscalía General.

Lea: Juan José Ríos Estavillo no se va: lo echan https://bit.ly/3FHZpMn

Cuando la remoción de Ríos Estavillo es inminente, hace meses como un rumor filtrado en algunos círculos políticos y después con la declaración directa del gobernador electo Rubén Rocha Moya, surge el documento dirigido al Oficial Mayor de la Fiscalía, Cristian Acosta Padilla, donde el propio titular argumenta sobre su “proyecto de vida”, que lo lleva a “equipararse” con un magistrado presidente del Poder Judicial y solicitar el mismo trato para su retiro que implica la jubilación vitalicia, prerrogativas con las que cuentan los magistrados del Tribunal.

El documento de ocho cuartillas que hace referencia sobre el retiro del Fiscal es hasta ahora la única postura de Ríos Estavillo sobre su salida del organismo constitucional autónomo desde que a su renuncia se le puso fecha. Ningún medio o periodista ha logrado hablar con el Fiscal sobre el tema, aunque las peticiones de entrevista se acumulan en su despacho, entre ellas la de Ríodoce.

Largo alegato

El documento es un largo alegato con amplias citas legales para sustentar su petición de “jubilación por retiro voluntario”. Se refiere a la Constitución de Sinaloa, la Constitución Federal, la Ley Orgánica del Poder Judicial, resoluciones de la Suprema Corte de México o la Interamericana de los Derechos Humanos, y hasta la Organización Internacional del Trabajo, entre muchas otras resoluciones.

Contrario a cualquier otra petición habitual para una jubilación por los años de trabajo en el servicio público, la del Fiscal General carece de antecedentes procesales, por ser el primer y único titular del cargo hasta el momento.
El Fiscal parte de tres premisas en su exposición:

Una, que en las dos instituciones donde ha trabajado, la Comisión de Derechos Humanos y la Fiscalía General, son equiparables y se pueden sumar los años en ambos lugares porque son órganos autónomos.

La segunda premisa, que los años laborados en una –ocho años y medio- y el periodo para el que fue designado en la otra –por siete años- hacen una sumatoria de quince, el periodo para el retiro de un magistrado del poder judicial.
Y la tercera, que los magistrados al retirarse lo hacen con una pensión vitalicia con el salario completo que tenían al momento del retiro. En este caso Ríos Estavillo busca equipararse con el magistrado presidente del Tribunal, lo que incrementa la percepción en números redondos a 150 mil pesos mensuales.

Solo parte más larga y difícil para sostener en el documento es lo que se refiere a los años laborados. Ríos Estavillo establece que son los ocho años y tres meses en CEDH, más los siete para los que fue elegido en la Fiscalía, aunque de esos siete solamente ha ejercido cuatro años y medio, con lo que igualmente suma los dos años y medio que ya no estará en el cargo.

Justifica: “atendiendo al concepto de ‘proyecto de vida’ y al derecho humano de la seguridad social aplicable como titular de organismo autónomo solicito se dictamine, de ser el caso, la procedencia de la jubilación por retiro voluntario…”

Así, la línea argumentativa del Fiscal para convencer de que debe recibir su jubilación de por vida, recurre a la Ley Orgánica del Poder Judicial –no a ninguna de las leyes orgánicas de los dos sitios donde laboró, tampoco a alguna ley que refiera a cualquiera de los otros poderes, el Ejecutivo o el Legislativo.

El sustento que encuentra Ríos Estavillo en su documento es que las percepciones, prestaciones y emolumentos legales del Fiscal y del Presidente de la Comisión que se plantearon en la ley están “homologado (s) a Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sinaloa desde el año 2008 a la fecha…” Y cita el artículo 89 completo.

La defensa

Hasta ahora Ríos Estavillo ha evitado hablar públicamente de su salida. Sin embargo, en el documento que pretende sea enviado posiblemente al Congreso de Sinaloa para que se discuta sobre su petición, se separa un par de párrafos de la argumentación legal para sustentar que merece la jubilación vitalicia.

En ellos establece lo que podría ser su postura sobre el retiro, refiriéndose a “actores públicos” que han expresado que no es viable su continuidad, para luego defender la importancia de los organismos autónomos. Dice:

“Que aunado a las consideraciones y antecedentes laborales ya descritos, así como a las expresiones que se han efectuado por diversos actores públicos sobre la viabilidad o no de continuar el que suscribe en el cargo de Fiscal General del Estado de Sinaloa y con el propósito de fortalecer la viabilidad y procedencia de la solicitud, me permito destacar la importancia de retomar en el presente planteamiento la relevancia y la naturaleza de los organismos autónomos cuya creación se realiza de manera independiente de los tres poderes tradicionales, y se les asigna funciones estatales específicas en busca de una mayor especialización, agilidad y transparencia en su actuación.”

Por ahora el documento sigue en la Fiscalía, en la Oficialía Mayor, y en el Congreso de Sinaloa desconocen si él mismo lo enviará como una petición o será el Ejecutivo estatal quien lo reciba y a su vez quien lo encauce al Legislativo.

Artículo publicado el 10 de octubre de 2021 en la edición 976 del semanario Ríodoce.

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