Actualizan causas por las que el gobernador puede remover al Fiscal General

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El Congreso del  Estado aprobó por unanimidad reformas a la Ley Orgánica de la Fiscalía General para actualizar causales por las que pudiese ser removido el Fiscal por el gobernador en turno.

El diputado de Morena, Marco Antonio Zazueta, aseguró que las reformas no llevan dedicatoria para nadie.

Explicó que explicó que esta armonización implica incluir en la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa la obligación de establecer las causales de remoción del titular de la Fiscalía, además de elaborar un Plan de Persecución Penal.

Indicó que dentro de las obligaciones estaba armonizar el orden normativo con la Constitución federal, Constitución local y las leyes secundarias para que se haga efectiva la persecución de los delitos y el acceso a la justicia.

El legislador manifestó que la Fiscalía General,  aunque sea un organismo autónomo, no deja de estar sujeto a la Constitución de la República, al igual que todas las instituciones y Fiscalías de las entidades federativas.

En lo que se refiere a las causales de remoción  del titular de la fiscalía había  hay un vacío producido por un error de apreciación en la legislatura pasada, por lo que era necesario legislar para dar mayor certeza jurídica, sostuvo.

Con las reformas al artículo 14, el Fiscal General podrá ser removido por el titular del Poder Ejecutivo, por las siguientes causas:

Cuando, por deficiencias graves en su actuación, no se cumplan los objetivos establecidos en el Plan Estratégico de Persecución Penal.

Por abuso o ejercicio indebido del cargo que le corresponde como Fiscal General; así como por autorizar indebidamente el no ejercicio o el desistimiento de la acción penal, por sí o por conducto del servidor en el cual delegue dicha facultad.

Por incapacidad total o permanente que impida el correcto ejercicio de sus funciones durante más de seis meses.

Por incurrir en la violación del deber contemplado en el artículo 106 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Respecto al Plan de Persecución Penal establecieron que el Fiscal General deberá elaborarlo considerando las prioridades estatales en la política criminal y en la investigación, persecución y ejercicio de la acción penal, con objetivos y metas a corto y largo plazo.

Dicho Plan deberá ser aprobado por la mayoría de los miembros del Congreso del Estado presentes.

La  reforma tomó en cuenta una propuesta planteada  por el Grupo Parlamentario de Morena y otra presentada por separado por los ciudadanos Ernesto Saldaña y Héctor Javier García Laija.

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