El ex secretario Técnico de la Secretaría de Turismo, Luis Ángel Pineda Ochoa, no pudo obtener sentencia absolutoria con un recurso de apelación pero sí logró reducir cinco años la condena de prisión, multa e inhabilitación por el delito de desempeño irregular en el servicio público.
El ex funcionario de la administración del gobernador Mario López Valdez fue condenado por realizar pagos ilegales por 8.9 millones de pesos en campañas publicitarias que no existieron.
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Por esa conducta había sido sentenciado a 13 años seis meses y al pago de 54 mil 780 pesos como multa, inhabilitado para ocupar cargos públicos durante 27 años y al pago de 8.9 millones de pesos como reparación del daño.
La Primera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado redujo la condena a ocho años tres meses prisión, la multa a 36 mil 885 pesos y la inhabilitación a 16 años, al resolver una toca de apelación.
El pago por reparación del daño quedó igual debido que no fue apelado.
La primera condena fue dictada el 16 de julio de 2019 en un juzgado de primera instancia, pero la defensa promovió un recurso de apelación en la Primera Sala y un amparo en el Tribunal Colegiado en Materia Penal.
En enero pasado el Tribunal Colegiado ordenó a los magistrados de la Primera Sala dejar insubsistente la sentencia, valorar nuevamente las pruebas presentadas durante el juicio y dictar una nueva resolución.
En la toca de apelación resuelta por la Sala en abril pasado, los magistrados dictaron una sentencia reducida.
Los magistrados señalaron que la Jueza decidió imponer la penalidad máxima sin fundar ni motivar tal determinación, es decir, no expuso las razones por las cuales arribó a tal penalidad, además que no tuvo como base las reglas para individualizar la pena al tomar en cuenta su peligrosidad, las circunstancias que le benefician o perjudican.
No basta señalar sus características personales, sino la forma en que lo realizó, el grado de intervención y otras circunstancias que la Juzgadora debió ponderar para evitar que la cuantificación de la pena fuese meramente subjetiva, señala la toca de apelación.
Los magistrados volvieron analizar el grado de culpabilidad y la gravedad del hecho y determinaron la sentencia de seis años siete meses de prisión y el pago de una multa de 29 mil 508 pesos; y al ser un delito continuado, aumentó un año siete meses más y 7 mil 377 pesos.
Pineda Ochoa buscaba que los magistrados dictaran sentencia absolutoria pero tras la valoración de las pruebas confirmaron que es penalmente responsable.
“Se constata que el sentenciado desplegó la conducta típica que se le viene imputando de manera dolosa, al advertirse de las constancias que éste al efectuar de manera ilegal los pagos por concepto de campañas vacacionales, tenía la voluntad de causar un daño patrimonial al erario, esto es que desplegó su actuar sabiendo perfectamente que su acción constituía un delito ya que conocía o sabía que al realizar los pagos causaba un perjuicio a las arcas del Estado y no obstante ello dirigió su conducta hacia dicho fin”, indica el documento.
Señala que “esta Sala advierte que existen en la presente causa, como en sana crítica concluyó válidamente la Jueza de origen, pruebas plurales de carácter incriminatorio suficientes y eficientes para tener por acreditados los elementos que exige el tipo penal en estudio, relativo a que el justiciable ejecutó actos que consistieron en realizar de manera reiterada pagos ilegales, y con ello se tiene como verdad legal plenamente acreditada la conducta realizada por el justiciable”.
La toca de apelación destaca del testimonio del ex secretario de Turismo, Rafael Lizárraga Favela, quien durante el juicio declaró que Pineda Ochoa le confesó: “te voy a hablar con la verdad, no te voy a echar mentiras, no se realizaron, ese dinero lo saqué porque recibí instrucciones superiores (…) que él no mandaba y, quien le había dado instrucciones, eran superiores. Así mismo que al cuestionarlo sobre las acciones que habían realizado, también le dijo: “… que lo habían hecho a la antigua, que habían falsificado documentos, que habían falsificado facturas, que habían falsificado firmas, que habían falsificado pólizas…”.
Los testimonios de las auditoras de la Auditoría Superior del Estado, indica, fueron coincidentes en mencionar cómo fue que se enteraron de lo ocurrido, realizaron una narración clara, precisa, coherente y detallada de cómo fue que ellas intervinieron para detectar la conducta que se acusó al sentenciado.
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Su declaraciones, estableció la Sala, adquieren especial relevancia debido a que fueron las primeras en encontrar información que se relaciona con el evento delictivo y quienes hacen señalamientos en cuanto a las circunstancias de tiempo, modo y lugar que se realizó la acción delictiva.
Pineda Ochoa fue detenido en noviembre de 2017 y vinculado a proceso penal.
En la misma causa penal vinculado a proceso al ex Secretario Rafael Lizárraga Favela; y al ex coordinador Administrativo José Luis Martínez Romero, pero a ambos la Fiscalía les retiró la acusación luego de que en la investigación complementaria no encontró datos de prueba para fincarles responsabilidad.
Artículo publicado el 14 de junio de 2020 en la edición 907 del semanario Ríodoce.