Las licencias solicitadas por Rubén Rocha Moya y Juan de Dios Gámez Mendívil varían en su duración de acuerdo a los procesos legales en los que se encuentren implicados, informó María Teresa Guerra Ochoa, presidenta de la Junta de Coordinación Política del Congreso (JUCOPO).
En el caso específico del alcalde Juan de Dios Gámez Mendívil, este solicitó una licencia mayor a 10 días sin un plazo de vencimiento específico. En estas situaciones, el Congreso solo interviene para nombrar a un sustituto cuando existe una vacante definitiva por renuncia, situación que no ocurre con las licencias temporales, las cuales pueden extenderse por todo el periodo restante si no se modifica el estatus.
“Cuando hay ya una renuncia, una vacante en un municipio, sea de regidor, sea de alcalde o alcaldesa, entra al Congreso. Acuérdense que en el caso de El Fuerte se nombró a una regidora sustituto (…) hasta que hubiese un cambio del estatus en el Ayuntamiento de Culiacán, es decir, que cambiara la solicitud. La solicitud se hizo de Juan de Dios Gámez, una licencia mayor de 10 días sin ponerle una temporalidad”, señaló.
En resumen, los funcionarios no están obligados a retornar en un tiempo establecido, sino que están en la posibilidad de terminar sus cargos con licencia; el Congreso solo se ocuparía en caso de que exista una vacante, y no la hay porque no existe una renuncia.
Sobre el posible regreso del gobernador con licencia, Rubén Rocha Moya, la diputada dijo que que dependerá del desarrollo de las investigaciones y de las valoraciones que se hagan en su momento.



