Valida Corte a UIF bloquear cuentas sin intervención del MP

Valida Corte a UIF bloquear cuentas sin intervención del MP

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) redefinió los límites de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y estableció que puede bloquear cuentas bancarias sin intervención del ministerio público, orden judicial ni solicitud de autoridades extranjeras, siempre que existan indicios de origen nacional, como lavado de dinero o financiamiento al terrorismo, de acuerdo con La Jornada.

La decisión, adoptada este lunes con seis votos a favor y tres en contra, surgió al resolver una acción de inconstitucionalidad y dos amparos, uno relacionado con el supuesto sobrino del capo Ismael el Mayo Zambada. Los ministros determinaron que el congelamiento de cuentas no es una sanción penal, sino una medida cautelar administrativa y preventiva destinada a proteger el sistema financiero nacional.

El proyecto aprobado, presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, declaró constitucional el artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, que permite a la UIF incluir personas en la lista de bloqueados por motivos de origen nacional.

La decisión generó debate. La ministra Yasmín Esquivel Mossa votó en contra, advirtiendo que la medida debe usarse con límites claros y exclusivamente para cumplir compromisos internacionales, y no como un instrumento de perturbación de la propiedad privada interna sin parámetros legales precisos.

Con este fallo, la UIF obtiene un amplio margen de acción en la prevención de delitos financieros, consolidando su facultad para actuar rápida y directamente contra operaciones sospechosas dentro del país.

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