Los 12 militares involucrados en el asesinato de las niñas Alexa y Leidy en Badiraguato podrían alcanzar una pena de hasta 70 años de prisión.
De acuerdo con documentos judiciales, por el fuero militar los soldados están en proceso penal por el delito de desobediencia en actos de servicio y en la Fiscalía General de la República tienen abierta una investigación por los delitos de homicidio calificado y lesiones.
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Los elementos del Ejército han tramitado diversos amparos contra el auto de vinculación a proceso que dictó el juez militar el 24 de mayo de 2025 y aún están en trámite.
La agresión ocurrió el 6 de mayo de 2025 en las inmediaciones de la comunidad La Lapara, en el municipio de Badiraguato.
Según los documentos el agente del Ministerio Público federal los investiga por su probable responsabilidad en los delitos de lesiones y homicidio calificado por el que, señala, pueden alcanzar una penalidad de 70 años de prisión.
La Fiscalía General de la República señala que los soldados involucrados tienen entre ochos meses y cinco años de servicio y formaban parte de las bases de operaciones “Carbón 8” y “Bravo 5”, en el Mando Especial Badiraguato.
De la imputación que formuló el ministerio público militar se desprende que desde el momento en que los soldados dispararon fueron identificados y desarmados por el comandante del convoy por disparar sin motivo alguno y desobedecer la Orden General de Operaciones.
“Una vez que cesó el fuego, el teniente pasó revista de armamento detectando que quienes habían realizado disparos sin justificación hacia la camioneta civil color negro y pese a tener plasmado en la Orden General de Operaciones que las operaciones deberán apegarse a la legalidad, respetando en todo momento los derechos humanos de los ciudadanos, aplicando la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza, fueron los aquí quejosos; por lo que se les acusa de que no respetaron una orden superior”, indicó el ministerio público.
La Orden General de Operaciones en la que se establecía que debían aplicar correctamente la Ley General Sobre el Uso de la Fuerza, concretamente en cuanto al modo en que se debe actuar en caso de una agresión real, fue emitida el 4 de abril de 2025 por el comandante del 42 Batallón de Infantería con sede en Guamúchil; y el 1 de mayo, los militares, entre ellos los imputados, firmaron de enterado.
Detalla que además, el 3 de mayo, el Jefe del Estado Mayor del Mando Especial Badiraguato, después de la lista de diana, en la explanada del cuartel general ratificó a la totalidad del personal que integraba la base de operaciones ”Carbón 8” y “Bravo 5” que durante sus actividades se debían apegar a los principios aplicables al uso de la fuerza, los niveles del uso de la fuerza y los niveles de resistencia en el uso de la fuerza, el respeto a los derechos humanos y que no debían accionar su armamento hasta estar seguros de estar bajo una amenaza real e inminente.
Según el ministerio público, el 6 de mayo el convoy de tres vehículos con 22 elementos salió aproximadamente a las 7:10 horas con el fin de realizar patrullajes en virtud de que tenían conocimiento de que una noche antes hubo un enfrentamiento entre grupos delictivos y apoyaron a las autoridades civiles para el levantamiento de tres cadáveres.
Alrededor de las 14:10 horas circulaban rumbo al poblado La Lapara y encontraron un vehículo de una funeraria y el conductor les informó que había una retroexcavadora cavando una zanja y que la zanja que habían tapado en la mañana ya la habían vuelto a abrir y se encontraban dos vehículos con gente armada.
Al filo de las 14:20 horas el comandante del grupo indicó al personal que fueran atentos por el reporte de civiles armados y al haber avanzado unos cinco minutos y transitar por una curva, observaron que se aproximaba una camioneta color negro y al momento que el vehículo pasó frente al convoy se escucharon disparos, narró el ministerio público militar.
El comandante ordenó que cesara el fuego y se acercó a la camioneta civil negra, percatándose que había cuatro personas heridas en su interior y en la batea había dos menores de edad que perdieron la vida.
El comandante pasó revista de armamento y detectó quiénes habían realizado los disparos y fueron puestos a disposición del ministerio público militar.
El 24 de mayo el juez militar los vinculó a proceso penal por el delito de desobediencia en actos de servicio por no acatar la orden de respetar la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza.
Inicialmente se dio a conocer la versión de que las niñas habían muerto por una confusión de los militares durante un enfrentamiento, pero la familia aseguró que se trató de una agresión directa.
En diciembre pasado la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió una recomendación a la Secretaría de la Defensa Nacional en la que acreditó que hubo violaciones a los derechos humanos debido al uso ilegítimo de la fuerza.
La CNDH pidió al Ejército reparar el daño y ofrecer una disculpa pública.
Artículo publicado el 8 de febrero de 2026 en la edición 1202 del semanario Ríodoce.







