Una jueza ordenó la suspensión provisional de la ficha roja de captura emitida por la Policía Internacional (Interpol) contra Carlos Ahumada Kurtz , lo que imposibilitaría su aprehensión en ningún país excepto México.
La orden por parte de la Jueza Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal, María del Carmen Sánchez Cisneros, es resultado de una solicitud que pidió Ahumada para ampliar un amparo previamente concedido a su favor, en la que Kurtz busca la cancelación de la ficha roja de reaprehensión emitida en 2019 por la Interpol.
De forma íntegra, la orden de suspensión emitida por la Jueza dicta lo siguiente:
“Para mitigar todos los daños que pudieran ocasionar los actos reclamados que la parte promovente señala, se instruye al Director General de Asuntos Policiales Internacionales y al Fiscal General de la República [FGR], para que en el ámbito de su competencia, gestionen de manera inmediata la suspensión de la Notificación roja, con número de control A-5568/5-2019, esto es, deberán de realizar las actuaciones correspondientes para que con motivo de la nota antes referida, el peticionario del amparo no pueda ser detenido en algún territorio distinto al nacional, en el entendido que se señala el consecutivo antes referido conforme a lo que indicó el Supervisor Especializado en el Sistema Interpol y sus áreas de la Unidad de Asuntos Policiales Internacionales e Interpol en su oficio con terminación Los efectos antes concedidos tendrán su vigencia según se hayan decretado y hasta en tanto sean notificadas las responsables sobre la suspensión definitiva; sin embargo, la suspensión concedida no surtirá efectos, si se sorprende a la parte quejosa en la comisión de flagrante delito”.
Al serle concedida, tanto las autoridades federales como las locales están impedidas de realizar cualquier acto en contra de Carlos Ahumada en caso de que ingrese a territorio mexicano con el fin de enfrentar a las autoridades de la Ciudad de México, mismas que le acusan del delito de fraude.
Ninguna de “las autoridades señaladas como responsables”, la FGR y la Interpol, “podrán ejercer ningún acto que impida la deambulación del peticionario del amparo [Ahumada] con motivo de la substanciación o sentencia de los referidos procesos”, indica la suspensión.
Con información de Sin Embargo






