La sala superior del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado notificó al municipio la sentencia por el conflicto ocurrido en 2018 durante la administración del Químico Benítez.
El Ayuntamiento de Mazatlán deberá de pagar más de 13.6 millones de pesos a la empresa Espectáculos Costa del Pacífico, S.A. de C.V, propietaria de los Venados, por clausurar el Estadio Teodoro Mariscal durante la administración de Luis Guillermo Benítez Torres.
Esto luego de que la sala superior del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado notificara al municipio la confirmación de la sentencia que en su momento realizó la Sala Regional. Era el último recurso que tenía el ayuntamiento para continuar con un proceso legal que, de acuerdo con el secretario del ayuntamiento Moisés Ríos Pérez, prácticamente ya estaba perdido desde la administración anterior.
El conflicto entre la administración del alcalde Benítez Torres, la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Mazatlán y el propietario del equipo Antonio Toledo Ortiz, ocurrió en noviembre del 2018, cuando la JUMAPAM suspendió el servicio al estadio por presuntos adeudos y la detección de una supuesta toma clandestina.
Al día siguiente, trabajadores del estadio trataron de manipular el sistema para reconectar el servicio. Elementos policiales llegaron al lugar para tratar de impedirlo. Toledo Ortiz señaló que no era labor de la policía municipal intervenir y que era una labor que le correspondía a la JUMAPAM. Anunció que interpondría una demanda en contra de la paramunicipal.
Al tiempo, la empresa solicitaría al Ayuntamiento el pago de una indemnización de 27 millones 246 mil 071 pesos por responsabilidad patrimonial del estado por los daños y perjuicios, así como por daño moral por el actuar irregular del alcalde Benítez Torres. Tal solicitud terminaría en negativa ficta.
El 13 de enero del 2022, la empresa demandó al Ayuntamiento con el argumento de pérdidas económicas por dos fechas entre noviembre y diciembre de 2018, debido la suspensión de servicios de agua potable y drenaje, por la clausura de taquillas y la negativa de permisos de Seguridad Pública para la realización de partidos.
El 20 de septiembre del 2024, la Sala Regional Sur emitió la sentencia y condenó al ayuntamiento a pagar. El municipio interpuso un recurso de revisión; argumentó que los hechos y actos fueron dictados, ordenados y ejecutados por JUMAPAM y apelaba a su carácter de descentralizado para que respondiera este por la demanda. Sin embargo, la sala superior confirmaría la sentencia.
La indemnización comprende 2 millones 346 mil 129 pesos por concepto de perjuicios o ganancias dejadas de percibir por dos fechas; 6 millones 139 mil 983.69 pesos por daños, y 5 millones 145 mil 61.37 pesos por intereses, los cuales deberán actualizarse.
El Ayuntamiento tenía tres días después de la notificación para responder a la sentencia. El secretario Ríos Pérez informó se había solicitado una prórroga y que se estaba buscando negociar un convenio con los demandantes.
Mencionó que la mayor parte del proceso legal se desarrolló durante la administración anterior, en la cual desde un inicio, los responsables de llevar el juicio no vincularon a la JUMAPAM como presunta responsable de los hechos y eso originó que la condena recayera solo en el ayuntamiento. Afirmó que la administración actual, trató de vincularlos, pero el juez ya no aceptó.
A pesar de que la clausura del estadio corrió a cargo del ayuntamiento, el secretario justificó que la falta de servicio fue lo que ocasionó la clausura. “Sí, pero lo originó lo otro, no fue otra cosa. Lo originó la falta de un servicio”.
Roberto Favela, director jurídico del ayuntamiento, dio el mismo argumento, al señalar que los responsables del proceso legal debieron de haber vinculado a la JUMAPAM, sin embargo, no lo hicieron. Consideró que hubo una posible omisión y debían tomarse cartas en el asunto.
El ojo de Observatorio
Para Gustavo Rojo de Observatorio Ciudadano Mazatlán, A.C las interrogantes del caso deben encontrar quién inició el litigio, lo perdió y lo provocó y abarcar a las principales figuras de esa administración.
“¿Qué va a pasar con el Químico Benítez?, hay que decirlo con sus nombres, ¿Qué va a pasar con su secretario del ayuntamiento en ese momento, Flores Segura?, ¿Qué va a pasar con los que estaban al frente del tema jurídico, ¿qué va a pasar con ellos?, que al final del día ellos fueron quienes iniciaron esa situación”.
Mencionó que el Órgano Interno de Control debe de actuar y fincar responsabilidades de acuerdo con la Ley de Responsabilidades Administrativas del estado. Agregó que la Auditoria Superior del Estado también tiene facultades para actuar de oficio ante posibles faltas administrativas graves.
Sobre las responsabilidades, el secretario Ríos Pérez hizo hincapié en que la ley permite investigar actuaciones de servidores públicos hasta por siete años después de los hechos. Según dijo, aunque el conflicto ocurrió en 2018, la demanda fue en 2022 por lo que al OIC le correspondía revisar las actuaciones a partir de ese año.
Desde el OIC, informaron que se había abierto una carpeta de investigación el miércoles 15 de julio por la sentencia, luego de que el regidor Felipe Parada interpusiera una denuncia.
El regidor exhortó al OIC a actuar de manera expedita y a investigar a fondo a los responsables. Dijo que le daría seguimiento al caso y que la próxima semana acudirá a la ASE para solicitar que intervengan en el actuar del OIC y que también realicen sus propias investigaciones.
Artículo publicado el 20 de julio de 2026 en la edición 1225 del semanario Ríodoce.






