Con 76 votos a favor y 39 sufragios en contra, el Senado avaló, en lo general, con algunas modificaciones, la iniciativa enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, que reformó la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Los sufragios a favor fueron emitidos por los senadores de la autodenominada “cuarta transformación”, integrada por los grupos parlamentarios de los partidos Verde Ecologista Mexicano y del Trabajo.
Mientras que los votos en contra, fueron emitidos por los senadores de los grupos parlamentarios de oposición, integrada por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano.
En la reforma aprobada se incluyó un cambio que encendió las alertas, la incorporación de un artículo transitorio que establece retroactividad en los juicios de amparo en trámite, a lo que reaccionó la presidenta Claudia Sheinbaum.
No a la retroactividad, dice Sheinbaum
En su conferencia mañanera, Sheinbaum dijo hoy que no era necesario incluir un artículo transitorio al proyecto de reforma a la Ley de Amparo que presentó ante el Senado, y señaló que la misma iniciativa no permitía la retroactividad de esta norma, por lo que pidió esperar a que se terminara de discutir en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
“Nosotros enviamos esta iniciativa que no tenía este agregado. Primero, hay que respetar la Constitución. La Constitución establece claramente que no debe haber retroactividad en las leyes, a menos que uno cambie la Constitución, y en ese cambio en la Constitución establezca las condiciones”, detalló la mandataria nacional.
“Para contratos previos o para otras acciones tendría que cambiarse la Constitución, pero en las leyes no puede haber retroactividad. Eso es lo primero y hay que respetar la Constitución”, enfatizó la presidenta de la República.
Los puntos que destaca la presidenta sobre su reforma
La reducción de tiempos: los juicios deberán resolverse en un plazo de hasta 60 días posteriores a la audiencia, apoyados en procesos digitales.
Congelamiento de cuentas: ya no procederá la suspensión inmediata cuando se trate de presunto lavado de dinero; la cuenta permanecerá bloqueada hasta que se resuelva el fondo del juicio.
Resoluciones de la Corte: se elimina la posibilidad de suspender automáticamente la ejecución de fallos de la Suprema Corte; el particular deberá garantizar el monto que adeude al fisco.






