Por unanimidad de votos de los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo segundo Circuito con sede en Mazatlán, desecharon por infundada la queja interpuesta por mayos-yoremes en contra de la sentencia que dio por buena la consulta indígena para otorgar el consentimiento para la instalación de la planta de amoniaco dentro de la bahía de Ohuira.
La resolución de infundada la queja 12/2023 en contra de la sentencia con que se resolvía el amparo 528/20018, se votó este jueves y fue desechada.
Con esto queda firme la sentencia dictada el 27 de febrero del 2023 por la juez del Juzgado Séptimo de Distrito y que consideraba cumplida la sentencia de la realización de la consulta indígena sin importar el resultado, siendo esta desfavorable para la empresa Gas y Petroquímica de Occidente.