Los Senadors aprobaron reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para erradicar de manera definitiva las “terapias de conversión” a nivel nacional, con sanciones que van desde dos a seis años de prisión.
El pleno del Senado respaldó estas reformas con una mayoría de 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, durante una extensa sesión que se prolongó casi por 12 horas.
Estas prácticas conocidas como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), implican abusos físicos y psicológicos extremos, a finde que las personas se identifiquen como cisgénero heterosexuales.
Las reformas, que añaden un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud, imponen duras sanciones a quienes realicen, impulsen, apliquen, obliguen o financien cualquier forma de tratamiento, terapia, servicio o práctica que busque alterar la orientación sexual o identidad de género de una persona.
Entre las sanciones a aplicar hay multas que pueden ascender de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Las sanciones se duplicarán si las víctimas son menores de 18 años, adultos mayores o personas con discapacidad.
Tras la aprobación en el Senado, el proyecto de reforma fue remitida al Ejecutivo Federal para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Con información de Aristegui Noticias