Ministro Pardo Rebolledo se declara impedido para conocer caso de Mario Aburto

CIUDAD DE MÉXICO, 06SEPTIEMBRE2023.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que encabeza el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo resolvió un recurso de revisión, el cual deriva de un juicio de amparo indirecto promovido por varias personas físicas —en su calidad de víctimas indirectas y representantes de una víctima directa del delito de desaparición cometida por particular— en cuya demanda señalaron como acto reclamado la omisión del Congreso del Estado de Michoacán de expedir la legislación local en materia de declaración especial de ausencia de personas desaparecidas, y de armonizar diversas legislaciones civiles y familiares locales en la materia. FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo se declaró impedido para resolver el recurso presentado por la Fiscalía General de la República (FGR) contra la sentencia que redujo la condena de Mario Aburto, homicida confeso de Luis Donaldo Colosio, lo que abre la posibilidad de que quede libre en marzo próximo.

En diciembre se dio a conocer que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizaría el recurso de revisión presentado por la FGR contra la sentencia que ordenó liberar a Aburto, expediente que fue turnado a Pardo Rebolledo.

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Sin embargo, este miércoles el Ministro del máximo tribunal dijo estar impedido para resolver el asunto, ya que en 1996 cuando se desempeñaba como juez federal que a Othón Cortés, señalado por la entonces PGR, de ser el segundo tirador en el homicidio de Colosio.

Por lo anterior el impedimento fue turnado a la ministra Loretta Ortiz Ahlf para que realice un proyecto que deberá presentar ante la Primera Sala de la SCJN, en el que determine si efectivamente el ministro no debería resolver, ni votar en el asunto o si no existe alguna causa que comprometa la imparcialidad con la que debe actuar.

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El amparo de Aburto fue concedido por el Primer Tribunal Colegiado en materia Penal en el Estado de México que determinó que no debió ser condenado conforme al Código Penal Federal sino con base en el Código Penal de Baja California vigente en el año 1994 que establece una pena máxima para el homicidio de 30 años de prisión.

Al aplicar esta pena, Aburto deberá salir de la cárcel el 23 de marzo de este año, razón por la que la FGR busca revocar esa resolución.

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