Intenta FGE impedir el ingreso de Ríodoce al juicio oral contra Estrada Ferreiro

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La Fiscalía General del Estado intentó impedir el ingreso de Ríodoce al juicio oral contra el exalcalde de Culiacán, Jesús Estrada Ferreiro por publicar una nota con detalles de los ejercicios de contradicción y refresco de memoria de las testigos, pero la jueza lo rechazó y solo impuso restricciones parciales.

La tarde de hoy se programó una audiencia para solicitar la revisión de medidas cautelares y al iniciar la Fiscalía dijo a la jueza que tenía una petición.

La Fiscalía citó una nota de Ríodoce y al reportero que la redactó y dijo que en la publicación describía lo que había ocurrido en el inicio del juicio oral.

Mencionó que en la nota se narran las declaraciones y los ejercicios que realizó la defensa para evidenciar contradicciones de las testigos y para refrescar memoria.

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Señaló que el Código Penal prohíbe transmitir las audiencias y la nota de Ríodoce está transmitiendo la audiencia de debate de juicio oral.

Manifestó que los testigos que no han declarado no deben saber lo que dijeron quienes ya lo hicieron.

Con la publicación, detalló, quienes faltan de declarar se enteran de lo que dijeron los que ya rindieron su declaración.

El inconveniente es que se publica lo que está sucediendo porque puede intimidar y que quienes no hayan rendido su declaración no quieran comparecer.

Pidió a la jueza que se limite el ingreso a los medios de comunicación a la sala de audiencias.

El defensor de Estrada Ferreiro señaló que según el Código Penal las audiencias son públicas.

Comentó que el imputado no se opone a la presencia de medios de comunicación en el juicio porque no tiene nada que esconder.

En la publicación de Ríodoce que citó la Fiscalía, dijo, no hay nombres completos ni fotos.

Detalló que su nombre sí aparece, por lo tanto, el afectado sería él.

Señaló que no tiene inconveniente en que entren los medios de comunicación al juicio para que la sociedad sepa lo que está pasando. Comentó que el Código Penal prohíbe que los testigos se comuniquen entre sí para que no se enteren de los que declaran, pero es imposible garantizar que fuera de la sala no lo van a hacer y lo hacen.

Jesús Estrada Ferreiro manifestó que la publicidad de las audiencias está garantizada en la Constitución. Aseguró que no se opone a que haya medios de comunicación, pero la Fiscalía sí se molesta porque los exhiben.

Comentó que con las publicaciones él sería el afectado porque las personas lo pueden señalar de delincuente, depravado o perverso, porque en la nota se habla de las declaraciones de las víctimas donde dicen que supuestamente él las ofendió.

La jueza resolvió que no advertía violación al código penal.

Su función es garantizar el debido proceso y no tiene control de lo que pasa fuera de la audiencia, indicó.

La prohibición que establece el Código, abundó, es grabar o transmitir y eso no ha ocurrido.

Negó imponer una restricción total de los medios de comunicación y determinó solo restringir la publicación de los nombres de los testigos, así sea solo el nombre de pila sin apellidos y los ejercicios que realizan las partes.

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