Aprueba Senado Curp con fotografía en la nueva Ley de población

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Las comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos Segunda del Senado de la República, aprobaron, el proyecto de dictamen para abrogar la Ley General de Población, de 1974, y actualizar la Clave Única de Registro de Población (CURP), que ahora contará con una fotografía del rostro de cada ciudadano, así como con los datos personales y la información biométrica.

Avalado con 15 votos a favor de los legisladores de los partidos Morena, Verde Ecologista Mexicano (PVEM) y del Trabajo (PT); así como 12 sufragios en contra de los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), Movimiento Ciudadano (MC) y de la Revolución Democrática (PRD), el dictamen fue turnado a la Mesa Directiva del Senado, para su discusión y votación en el Pleno.

Según el dictamen aprobado en las citadas comisiones de la Cámara alta del Congreso de la Unión, dicho documento deberá contener: nombre completo, una clave única, el lugar y fecha de nacimiento, la fotografía del rostro del ciudadano, así como la firma y huellas dactilares.

“Artículo 63.- Al incorporar a una persona en el Registro Nacional de Población se le asignará una clave que se denominará Clave Única de Registro de Población, la cual contendrá la fotografía del rostro y se denominará CURP con foto, cuya constancia tendrá el carácter de documento oficial de identificación en los términos que dispone esta ley y su reglamento”, señala el proyecto.

Dicho documento, emitido por la Secretaría de Gobernación (SEGOB) Federal, será válido en México y el extranjero.

Asimismo, la CURP con fotografía deberá renovarse a más tardar 90 días antes de que concluya su vigencia y nadie podrá ser sancionada por no portarla.

“Artículo 77.- La CURP con foto tendrá valor como medio de identificación personal ante todas las autoridades mexicanas ya sea en el país o en el extranjero, y las personas físicas y morales con domicilio en el país”, indica el dictamen.

Para proteger los datos del registro en la CURP, la nueva Ley General de Población, que abrogaría a la de 1974, considera sancionar con suspensión de empleo hasta por treinta días o destitución, en caso grave, cuando los servidores públicos de la SEGOB den a conocer asunto de carácter confidencial, sin estar autorizados para ello.

La CURP con fotografía no sustituirá a la credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE), ya que en el artículo Séptimo transitorio del proyecto, especifica que la identificación del órgano constitucional autónomo “podrá servir como medio de identificación personal, en términos de las disposiciones que para tal efecto emita la Secretaría de Gobernación y conforme al convenio de colaboración que para tal efecto suscriban”.

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