Aprueba Cabildo disolución y liquidación del Acuario Mazatlán

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El Cabildo aprobó en sesión extraordinaria el dictamen de la iniciativa de la disolución, liquidación y extinción del Acuario Mazatlán.

La iniciativa contempla también la abrogación del decreto municipal número 09 en el periódico oficial del estado de Sinaloa con fecha del 21 de enero de 1991 fecha en que fue creado.

La sesión estuvo encabezada por el Alcalde Edgar González, la Síndica Procuradora, Claudia Magdalena Cárdenas y la Secretaria del Ayuntamiento, Verenice Oleta, quienes aprobaron publicar el presente acuerdo por una sola ocasión en periodo oficial del Estado de Sinaloa, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación, que se haga mediante decreto municipal.

Los puntos que abordó el dictamen es autorizar al Ayuntamiento de Mazatlán para llevar a cabo la disolución, liquidación y existimación del organismo público descentralizado denominado Acuario Mazatlán.

El consejo de administración del organismo público descentralizado denominado Acuario Mazatlán continuará en funciones hasta que se concluya el proceso de liquidación del citado organismo.

Los bienes muebles e inmuebles que forman parte del patrimonio del organismo público serán restituidos al Ayuntamiento, una vez concluido el proceso de disolución, liquidación y extinción del referido ente paramunicipal.

Para la extinción del organismo público Acuario Mazatlán, la Tesorería Municipal señalará la base para el desarrollo del proceso y designará un liquidador especial que realizará entre otras funciones, el cuidado con eficiencia y eficacia y transparencia del proceso.

Se realizará levantamiento de acta de terminación, además de un levantamiento de inventario de bienes asignados, se someterá a dictamen los estados financieros inicial y final de la liquidación ante la presencia del órgano interno de control y se informará mensualmente el avance que guarda el proceso de liquidación a las unidades administrativas que determine el Ayuntamiento.

Se levantará el acta de entrega recepción de bienes y recursos asignados al organismo, además se elaborará un programa maestro de liquidación calendarizado en el que identificarán acciones u objetivos y tiempos de ejecución, el cual deberá ser presentado para su aprobación de las dependencias involucradas junto con el primer informe mensual.

También se celebrará transferir o ceder los contratos convenios o cualquier otro instrumento jurídico con en proceso de liquidación, enajenar los bienes remanentes del organismo previo dictamen de procedencia de los mismos.

Se destinarán los recursos y bienes activos en liquidación para cubrir los pasivos y contingencias que se originen del misma en caso de que sea procedente, así como los gastos de preparación pre operativos y de administración que realicen o que hayan realizado para el cumplimiento del encargo.

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