Deudores alimentarios no podrán postularse a cargos, tramitar documentos oficiales ni salir del país

TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, 18ABRIL2023.-  Diana Luz Vázquez Ruíz activista oaxaqueña y parte del Frente Nacional de Mujeres Contra Deudores Alimentarios instaló un tendedero de deudores alimentarios en la entrada de la Cámara de Diputados Local quien busca impulsar la creación de la Ley Sabina. FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR/CUARTOSCURO.COM

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este lunes el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de pensiones alimenticias, a fin de crear el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarios (RNOA).

Por lo que los deudores alimentarios inscritos en dicho Registro no podrán ser candidatos a puestos de elección popular, ser jueces o magistrados, salir del país, realizar trámites como la obtención de licencia o permisos de conducir, pasaporte o casarse por el Registro Civil.

Con esto se busca proteger y restituir de manera efectiva y homologada la satisfacción de las necesidades alimentarias de niñas, niños y adolescentes y que los tutores cumplan con la pensión alimenticia de sus hijas e hijos, a partir de una deuda de 90 días.

Además, el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias será público y las Procuradurías de Protección de las entidades federativas y de la Ciudad de México tendrán acceso total a las bases de datos.

La inscripción al RNOA deberá especificar:

  • Nombre o nombres, apellidos.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Clave y homoclave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del deudor alimentario-
  • Órgano jurisdiccional que ordenó la inscripción, cuantía del cumplimiento de la obligación alimentaria y plazo de pago de los alimentos definitivos, y
  • Datos del expediente o causa jurisdiccional de la cual deriva la inscripción.

Este registro busca proteger y restituir de manera efectiva y homologada la satisfacción de las necesidades alimentarias de niñas, niños y adolescentes y que los tutores cumplan con la pensión alimenticia de sus hijas e hijos, a partir de una deuda de 90 días.

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