Juzgado solo otorgó suspensión provisional de artículo 59 a una consejera, no a la UAS

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Solamente un juzgado otorgó una suspensión provisional al artículo 59 a la Ley de Educación Superior a una consejera universitaria de la UAS que presentó un recurso de amparo, por lo que no existe impedimento de aplicar la mayoría de la disposición del nuevo marco legal, afirmó el diputado Adolfo Beltrán Corrales, integrante de la Junta de Coordinación Política.

Precisó que la UAS no interpuso ningún recurso de amparo contra la Ley de Educación Superior, sino que fueron cinco consejeros universitarios quienes presentaron la controversia por el párrafo cuarto y tercero del artículo tercero, así como el artículo 59.

Indicó que la UAS no presentó ninguna queja porque no puede impugnar nada porque no es parte de la Ley de Educación Pública, aunque lo que está sucediendo que al interior de la institución están promoviendo que la gente interponga juicios de amparo contra algunas disposiciones de la nueva legislación.

Hasta el momento el Congreso del Estado ha recibido cinco notificaciones de diferentes expedientes, empezando por el 228, el 229, 230, 231 y 232, todos del 2023, interpuestos a título personal por consejeros universitarios.

El articulo 59 de la Ley de Educación Superior referido a la obligación de la autoridad estatal para implementar un sistema estatal de evaluación y acreditación, fue el único que el juzgado concedió la suspensión provisional, explicó.

El legislador sin partido comentó que la suspensión provisional solo será para efecto de quien promovió el amparo y por lo pronto, no existe una análisis de fondo o una decisión definitiva sobre la validez jurídica del artículo que se impugnó.

Desechó que la decisión del juzgado de otorgar una suspensión provisional tenga que ver con un tema de violación a la autonomía universitaria.

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