Ordenan descongelar cuentas del senador Cabeza de Vaca

ismael cabeza de vaca

Un tribunal colegiado de Tamaulipas le concedió la suspensión definitiva al senador del PAN, Ismael García Cabeza de Vaca, hermano del ex gobernador de ese estado, para que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ordene “de inmediato” descongelar sus cuentas bancarias.

En mayo de 2021, la UIF dirigida entonces por Santiago Nieto Castillo, ordenó el congelamiento de cuentas del gobernador Francisco García Cabeza de Vaca y algunos familiares por presuntas operaciones con recursos de procedencia ilícita, entre ellos el senador panista.

En su demanda de amparo, Ismael García Cabeza de Vaca reclamó el embargo tres cuentas con Banregio así como una cuenta más con Banorte.

Y por unanimidad, los magistrados José Manuel Quistián Espericueta, Osbaldo López García y Carlos Manuel Bautista Soto, confirmaron el fallo del Juzgado Octavo de Distrito, quien en agosto pasado le otorgó la medida cautelar de los actos reclamados.

La investigación inicial de la UIF incluyó a Ismael Cabeza de Vaca bajo el argumento de tener elementos suficientes para deducir que las cuentas bancarias bloqueadas eran utilizadas para operar recursos cuya procedencia era ilícita dentro del sistema financiero nacional.

La UIF añadió además que el Agregado Jurídico del Buró Federal de Investigación (FBI por sus siglas en inglés), se encuentra realizando una investigación sobre lavado internacional de activos, con lo que se persigue desmantelar la organización y prevenir futuras actividades ilegales en México y Estados Unidos.

Los magistrados resolvieron que el bloqueo de las cuentas bancarias no tuvo su “génesis en petición expresa y concreta de una autoridad extranjera”.

“La medida cautelar implementada en contra del solicitante del amparo no está justificada en una solicitud expresa de realizar dicho aseguramiento emitida por autoridades extranjeras u organismos internacionales que, conforme a un tratado bilateral o multilateral, cuenten con atribuciones en la materia y con competencia para realizar tal petición, sino únicamente en la seguridad del sistema financiero nacional”.

Por ello, el fallo de los magistrados fue en el mismo sentido del Juzgado Octavo de Distrito.

“Los argumentos encaminados a ampliar los motivos sostenidos por el juez de Distrito para considerar que la concesión de la suspensión definitiva es contraria al interés social y contraviene disposiciones de orden público devienen inoperantes”.

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